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La Corte de Justicia de Salta reorganizó las guardias judiciales de fines de semana y feriados para garantizar el cumplimiento de los nuevos plazos que establece el Código Procesal Penal en las causas con personas detenidas.
La medida, publicada ayer en el Boletín Oficial mediante la Acordada 14.696, incorpora un refuerzo de magistrados para evitar demoras en las audiencias de control de legalidad de las detenciones y de formalización de la acusación.
La decisión responde a la entrada en vigencia de la Ley 8.520, que desde mayo implementó en la provincia un sistema penal acusatorio, oral y adversarial. El nuevo régimen establece que el control de legalidad de una detención debe realizarse dentro de las 24 horas y que la audiencia de formalización de la acusación debe celebrarse en un plazo máximo de 72 horas.
El nuevo Código Procesal Penal comenzó a regir en mayo en el Distrito Judicial Centro. El próximo año se aplicará en otros distritos.
En los fundamentos de la acordada, la Corte advierte que esos plazos son "breves y de cumplimiento estricto" y que las audiencias relacionadas con personas privadas de la libertad requieren una respuesta inmediata, ya que están directamente vinculadas con garantías constitucionales. Esa situación, sostiene el tribunal, hace necesario ampliar la disponibilidad de magistrados durante los días inhábiles.
Además, el máximo tribunal señala que la implementación del nuevo modelo procesal implica que las decisiones judiciales se adopten, como regla, en audiencias orales con intervención directa de las partes, bajo los principios de inmediación, contradicción y publicidad. Ese esquema exige una organización distinta de los recursos humanos para asegurar que las audiencias puedan realizarse sin interrupciones.
Se incorporarán como refuerzo en las audiencias de control de legalidad que se realicen durante fines de semana y feriados.
Uno de los principales cambios dispone que un juez de Juicio participe junto al juez de Ejecución y Detenidos de turno en las audiencias de control de legalidad que se realicen durante fines de semana y feriados. El tribunal aclaró que esa participación constituye un mecanismo de apoyo y no modifica el régimen de turnos vigente ni las competencias de los jueces de Ejecución.
La acordada también modifica el régimen de las audiencias de formalización de la acusación cuando el plazo de 72 horas vence en un día inhábil. En esos casos, la audiencia quedará a cargo del juez de Garantías de turno y, si el volumen de trabajo lo requiere, podrán intervenir otros jueces de Garantías o de Juicio para asegurar el cumplimiento de los plazos legales.
La reorganización alcanza es para garantizar el cumplimiento de los plazos del nuevo Código Procesal Penal, que rige desde mayo.
La resolución prevé además que la Presidencia de la Corte pueda adoptar las medidas complementarias necesarias para el funcionamiento del nuevo esquema e instruye a la Dirección de Tecnología e Innovación y a la Oficina Judicial a implementar las acciones operativas que demande la acordada.
La Ley 8.520 comenzó a regir en mayo en el Distrito Judicial Centro y su aplicación será progresiva en el resto de la provincia. La reforma completó la transición hacia un sistema acusatorio iniciado en 2011, asignó al Ministerio Público Fiscal la investigación y la acusación de los delitos y reservó a los jueces las funciones de control de garantías y juzgamiento. También incorporó la oralidad como eje del proceso, la Carpeta Judicial Digital y nuevos mecanismos destinados a agilizar la tramitación de las causas penales.