PUBLICIDAD

Su sesión ha expirado

Iniciar sesión
PUBLICIDAD

Ratifican cesantía de docente por enviar mensajes sexuales

El Gobierno rechazó el recurso de apelación presentado y ratificó la sanción aplicada en 2025 por el envío de mensajes sexuales a una alumna en El Galpón.
Viernes, 24 de julio de 2026 01:46
La Provincia ratificó la cesantía de un docente por enviar mensajes inapropiados a una alumna. Imagen ilustrativa
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

La Provincia rechazó la apelación presentada por el docente Daniel Coronel y confirmó la cesantía que le había sido aplicada en 2025 por enviar mensajes de contenido sexual a una alumna de un BSPA en la localidad de El Galpón. La decisión quedó oficializada ayer mediante el Decreto 441, publicado en el Boletín Oficial.

La medida confirma la sanción impuesta por el Decreto 828/2025, que había dispuesto la cesantía del docente por considerar que incurrió en una falta grave al transgredir deberes establecidos en la Ley Provincial 6.830, que regula las obligaciones de los agentes de la administración pública.

En el recurso administrativo, el docente cuestionó la validez de la prueba digital utilizada en el sumario. Sostuvo que los mensajes de WhatsApp carecían de una pericia informática forense que descartara una eventual manipulación y denunció supuestas irregularidades en el procedimiento disciplinario.

También argumentó que la alumna no ratificó la denuncia ni declaró durante el proceso y calificó como "inexplicable" la aplicación del Protocolo 546D/2019 (protocolo provincial de actuación ante situaciones de maltrato infantil, abuso sexual y violencia de género en escuelas), al considerar que está previsto para menores o personas en situación de vulnerabilidad. En este caso, la alumna es mayor de edad. Además, afirmó que la cesantía era una sanción desproporcionada.

Sin embargo, el Ejecutivo provincial desestimó cada uno de esos planteos. En el decreto sostiene que los mensajes fueron enviados desde un teléfono de uso exclusivo del docente, que se encontraba bajo su custodia, por lo que existe una presunción de autoría que no fue desvirtuada con pruebas técnicas.

La resolución también señala que la hipótesis defensiva de un supuesto acceso indebido al teléfono o a la cuenta de WhatsApp nunca fue acreditada. Agrega que la denuncia penal por el presunto hackeo fue presentada 13 días después de la denuncia formulada por la alumna y que el docente ni siquiera mencionó ese hecho en su primer descargo administrativo, lo que, según el Gobierno, resta credibilidad a esa explicación.

Que de la nota presentada por la directora general de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos quedó acreditado que el hombre es responsable de la falta que se le imputa, ya que transgredió con su accionar las obligaciones y prohibiciones impuestas en el artículo 5 incisos 1), 3) y 4) de la Ley 6.830 del Estatuto del Educador.

La norma también se aplica cuando existe una relación de poder entre docente y estudiante, aunque el alumno sea mayor de edad.

Respecto de la aplicación del Protocolo 546D/2019, el decreto sostiene que no está limitado únicamente a menores de edad, sino que debe aplicarse ante conductas inapropiadas en relaciones atravesadas por una asimetría de poder. En ese sentido, remarca que la condición de docente impone un "deber reforzado de prudencia, ética y decoro", incompatible con el envío de contenido de índole sexual, aun cuando la estudiante sea mayor de edad.

El Gobierno también rechazó los cuestionamientos sobre el desarrollo del sumario administrativo. Afirmó que el procedimiento respetó todas las garantías legales y constitucionales, que Coronel tuvo acceso al expediente y pudo ejercer su derecho de defensa, aunque destacó que dejó vencer el plazo para presentar el alegato sobre la prueba producida, lo que provocó la caducidad de ese derecho procesal.

El decreto indica que la sanción cuenta con el respaldo de dictámenes coincidentes de la Junta Calificadora de Méritos y Disciplina, la Fiscalía de Estado y la Secretaría Legal y Técnica, y concluye que la prueba reunida durante la investigación fue suficiente para acreditar los hechos.

PUBLICIDAD

Te puede interesar

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Últimas noticias

PUBLICIDAD