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La Cámara Nacional Electoral declaró abstracta la disputa por las autoridades del PJ de Salta

El tribunal sostuvo que ya no existe un interés jurídico actual para resolver el planteo luego de que la Justicia Federal Electoral de Salta tuviera por autoridades partidarias a las proclamadas por la Junta Electoral el 27 de julio. Sus mandatos tendrán una duración de cuatro años. 
Martes, 18 de agosto de 2026 13:40

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La Cámara Nacional Electoral declaró abstracta la causa vinculada con la disputa por las autoridades del Partido Justicialista de Salta, luego de que la Justicia Federal con competencia electoral de la provincia informara que tuvo por autoridades partidarias a las proclamadas por la Junta Electoral el pasado 27 de julio.

La resolución fue dictada este martes 18 de agosto por la Cámara Nacional Electoral, en el marco de un recurso de apelación presentado en la causa iniciada por Esteban Amat Lacroix, Gastón Guillermo Galíndez y Nancy del Valle Montero contra el Partido Justicialista nacional, por la impugnación de un acto de órgano o autoridad partidaria.

El expediente había llegado al tribunal desde el Juzgado Federal con competencia electoral de Capital Federal a raíz de un recurso de apelación. La Cámara tenía que pronunciarse sobre ese planteo, pero una comunicación remitida desde la Justicia Electoral salteña modificó el escenario.

Según consigna la resolución, el Juzgado Federal con competencia electoral de Salta informó que "se tuvo por autoridades partidarias a las proclamadas por la junta electoral el 27 de julio del corriente".

Además, el juzgado remitió al tribunal el listado de esas autoridades y comunicó que sus mandatos tendrán una duración de cuatro años.

A partir de esa situación, la Cámara entendió que desapareció el motivo jurídico que justificaba continuar con el tratamiento del recurso.

"El objeto de la presente causa ha devenido abstracto, por lo que carece de interés jurídico actual expedirse al respecto", sostuvo el tribunal.

De esta manera, la Cámara Nacional Electoral no ingresó a resolver el fondo de los cuestionamientos planteados en la apelación. La decisión se fundamentó en que, al haber sido reconocidas por la Justicia Electoral de Salta las autoridades proclamadas por la Junta Electoral, ya no existía una controversia actual sobre la cual correspondiera pronunciarse en ese expediente.

Cabe recordar que la semana pasada Julio Argentino San Millán asumió la presidencia del Partido Justicialista de Salta, en el marco de la renovación de autoridades partidarias. La nueva conducción inició así un mandato de cuatro años al frente del PJ provincial.

La resolución ordenó registrar y notificar la decisión, comunicarla al juzgado de origen y a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y, posteriormente, devolver las actuaciones a primera instancia.

El fallo fue firmado por los jueces Santiago Hernán Corcuera, Daniel Bejas y Hernán R. Gonçalves Figueiredo. El juez Alberto R. Dalla Via no intervino, de acuerdo con lo establecido por una resolución del propio tribunal.

La decisión de la Cámara se conoce días después de la asunción de San Millán y deja sin objeto, en este expediente, el planteo que había llegado hasta la máxima autoridad judicial electoral del país.

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