¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

19°
24 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Un matrimonio salteño que estuvo casado 45 años, se divorció en 15 días

La jueza de Primera Instancia de Personas y Familia 3, Claudia Güemes, falló decretando el divorcio de un matrimonio implementando el nuevo código civil . La pareja contrajo matrimonio en 1974 y se presentó al Tribunal declarando no reclamarse compensación económica alguna y que no adquirieron bienes y los hijos, además, son todos mayores de edad.
Miércoles, 30 de octubre de 2019 17:26

La jueza de Primera Instancia de Personas y Familia 3, Claudia Güemes, falló decretando el divorcio de un matrimonio. La pareja contrajo matrimonio en 1974 y se presentó al Tribunal declarando no reclamarse compensación económica alguna y que no adquirieron bienes y los hijos, además, son todos mayores de edad.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

La jueza de Primera Instancia de Personas y Familia 3, Claudia Güemes, falló decretando el divorcio de un matrimonio. La pareja contrajo matrimonio en 1974 y se presentó al Tribunal declarando no reclamarse compensación económica alguna y que no adquirieron bienes y los hijos, además, son todos mayores de edad.

La causa ingresó a mesa distribuidora de expedientes el 5 de septiembre, el 17 de septiembre la Defensora Oficial Civil 1 se presentó patrocinando el pedido de divorcio bilateral y la jueza Güemes falló el 1 de octubre.

La jueza recordó que el actual Código Civil y Comercial de la Nación recepta como único régimen el divorcio incausado, ya sea unilateral o bilateral, coherente con el principio de que si un matrimonio se celebra y mantiene por la voluntad de dos personas, si una de ellas no quiere continuar, el proyecto de vida en común se cae y queda abierta la posibilidad del divorcio.

Por ello es que la jueza decretó el divorcio declarando disuelta la comunidad de bienes con efecto retroactivo a la fecha de la presentación de la demanda.

PUBLICIDAD