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Deberán entregar un televisor nuevo a una clienta

La Justicia falló contra una aseguradora y una casa de electrodomésticos.
Viernes, 13 de septiembre de 2019 02:34

Una empresa de electrodomésticos y una aseguradora deberán entregarle un televisor nuevo a una clienta y además deberán pagar solidariamente el daño punitivo correspondiente, de acuerdo a un fallo judicial.

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Una empresa de electrodomésticos y una aseguradora deberán entregarle un televisor nuevo a una clienta y además deberán pagar solidariamente el daño punitivo correspondiente, de acuerdo a un fallo judicial.

La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazó el recurso que fuera presentado por la empresa aseguradora que sostenía que los daños no estaban amparados por la garantía sino que eran consecuencia del uso indebido del artefacto.

Algo similar a lo sostenido por la empresa de venta de electrodomésticos que señaló como causal del daño la humedad de la vivienda.

El rechazo

En la causa intervinieron los jueces Gonzalo Mariño, Ricardo Casali Rey y Adriana Rodríguez. Los tres jueces coincidieron en rechazar los recursos de la aseguradora y la empresa de electrodomésticos respecto de la sentencia que condenó a la entrega del nuevo televisor y el pago de la indemnización por concepto de daño moral.

En tanto que los jueces Casali Rey y Rodríguez se pronunciaron por la confirmación del pago del daño punitivo.

Recordaron ambos jueces que la condena por daño punitivo procede en supuestos de particular gravedad, calificados por el dolo o la culpa grave del sancionado o en casos excepcionales por un abuso de posición de poder, especialmente cuando ella evidencia un menosprecio grave por derechos individuales o de incidencia colectiva.

 

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