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Extienden la quita del IVA en alimentos a todos los canales de distribución

La administración nacional decidió que se encuentren alcanzadas por una alícuota cero las ventas de los productos de la canasta básica alimentaria que realicen monotributistas y responsables inscriptos.
Lunes, 02 de septiembre de 2019 10:50

El Gobierno nacional incorporó a la rebaja del Impuesto al Valor Agregado a cero a los monotributistas y autónomos, por lo que beneficiará a kioscos y minimercados y a sus clientes.
Lo determinó el presidente Mauricio Macri a través del Decreto 603/2019 publicado este lunes en el Boletín Oficial con su firma, la de su jefe de Gabinete, Marcos Peña, y la del ministro de Hacienda, Hernán Lacunza.
La administración nacional decidió que se encuentren alcanzadas por una alícuota cero las ventas de los productos de la canasta básica alimentaria que realicen monotributistas y responsables inscriptos.
Esta medida será aplicada para quienes relicen venta al por menor en supermercados y minimercados (incluye mercaditos, autoservicios y establecimientos similares que vendan carnes, verduras y demás productos alimenticios en forma conjunta).

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El Gobierno nacional incorporó a la rebaja del Impuesto al Valor Agregado a cero a los monotributistas y autónomos, por lo que beneficiará a kioscos y minimercados y a sus clientes.
Lo determinó el presidente Mauricio Macri a través del Decreto 603/2019 publicado este lunes en el Boletín Oficial con su firma, la de su jefe de Gabinete, Marcos Peña, y la del ministro de Hacienda, Hernán Lacunza.
La administración nacional decidió que se encuentren alcanzadas por una alícuota cero las ventas de los productos de la canasta básica alimentaria que realicen monotributistas y responsables inscriptos.
Esta medida será aplicada para quienes relicen venta al por menor en supermercados y minimercados (incluye mercaditos, autoservicios y establecimientos similares que vendan carnes, verduras y demás productos alimenticios en forma conjunta).

Beneficio

También beneficia a los kioscos, polirrubros y comercios no especializados; comercios no especializados, sin predominio de productos alimenticios y bebidas; y a aquellos que se dedican a la venta al por menor de productos lácteos.
Asimismo, beneficia a quienes realizan venta al por menor de productos de almacén y dietética; y comercializaición al por menor de huevos, carne de aves y productos de granja y de la caza; como así también frutas, legumbres y hortalizas frescas.
Por último, quedan excentos de pagar IVA quienes se dedican a vender pan y productos de panadería; productos alimenticios no clasificados previamente; alimentos, bebidas y tabaco en puestos móviles y mercados; entre otros.

Fuente: Ambito Financiero
 

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