El artículo 5 del decreto publicado este domingo establece que las empresas podrán utilizar los títulos públicos que posean para pagar los aportes previsionales de sus empleados. "Los tenedores de títulos de deuda pública (...) podrán darlos en forma de pago para la cancelación de las siguientes obligaciones de la seguridad social, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019: aportes y contribuciones al Sistema Previsional Integrado de Argentina (SIPA), Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), Régimen Nacional de Asignaciones Familiares y al Fondo Nacional de Empleo".
inicia sesión o regístrate.
El artículo 5 del decreto publicado este domingo establece que las empresas podrán utilizar los títulos públicos que posean para pagar los aportes previsionales de sus empleados. "Los tenedores de títulos de deuda pública (...) podrán darlos en forma de pago para la cancelación de las siguientes obligaciones de la seguridad social, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019: aportes y contribuciones al Sistema Previsional Integrado de Argentina (SIPA), Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), Régimen Nacional de Asignaciones Familiares y al Fondo Nacional de Empleo".
Según explicó el abogado especialista en materia previsional Christian D'Alessandro, las letras se tomarán a su valor técnico (el valor nominal al que fueron emitidas) y no al de mercado. Eso implica que las grandes empresas -que pueden tener en sus carteras letras y bonos- podrán venderle al Estado al 100% de lo que pagaron por los bonos que en el mercado ya se venden muy por debajo de ese monto.
"Es un gran aliciente a las grandes empresas en contra de los recursos de la seguridad social", denunció el abogado. Como resultado de la operatoria, "se licúa la deuda y se desfinancia el sistema de seguridad social ( Anses y PAMI)", agregó. Fuente: Crónica