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Permisos de circulación: el COE definió quiénes deben solicitarlo de nuevo

En los departamentos de la provincia donde continúan las mismas medidas (de aislamiento o distanciamiento) los permisos de circulación emitidos con posterioridad al 21 de septiembre, tendrán validez hasta el 25 de octubre. Los exceptuados en Orán y San Martín deben renovarlo.
Lunes, 12 de octubre de 2020 20:48

La Resolución 57 del Comité Operativo de Emergencia establece que las personas que cumplan actividades y servicios esenciales, exceptuados de cumplir el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” deberán circular con la correspondiente Declaración Jurada de Circulación, obtenida en: https://solicitudparacircular.salta.gob.ar/declaraciones-juradas debiendo además acreditar la condición que se invoca, tal cual sucedió desde que comenzó la pandemia de coronavirus practicamente.

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La Resolución 57 del Comité Operativo de Emergencia establece que las personas que cumplan actividades y servicios esenciales, exceptuados de cumplir el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” deberán circular con la correspondiente Declaración Jurada de Circulación, obtenida en: https://solicitudparacircular.salta.gob.ar/declaraciones-juradas debiendo además acreditar la condición que se invoca, tal cual sucedió desde que comenzó la pandemia de coronavirus practicamente.

En el documento, el COE dispuso que los Departamentos de la provincia donde continúan las mismas medidas (de aislamiento o distanciamiento) los permisos de circulación emitidos con posterioridad al 21 de septiembre, tendrán validez hasta el día 25 de octubre. Este es el caso de Capital, Güemes, La Caldera, Cerrillos y Rosario de Lerma, entre otros distritos.

En tanto, en los Departamentos de General San Martín y Orán, que pasaron de aislamiento a distanciamiento, los permisos de circulación emitidos con posterioridad al 21 de septiembre tendrán validez hasta el 13 de octubre inclusive, debiendo renovarse para su vigencia hasta el 25 de octubre.

Asimismo, se aclaró que los permisos emitidos por aquellas “personas que deban atender una situación de fuerza mayor” tendrán vigencia y validez por 24 hs.

Cabe destacar que en el caso del personal de salud pública o privada, así como de las fuerzas de seguridad, cuyos permisos fueron emitidos con anterioridad mantendrán vigencia mientras duren las medidas de Emergencia Sanitaria.

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