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La AFIP extiende la moratoria hasta el 30 de noviembre

Saldrá por DNU en los próximos días. Aún con la prórroga, la primera cuota vence del plan de pagos vence el 16 de diciembre 
Miércoles, 28 de octubre de 2020 22:31

La AFIP decidió extender por un mes el plazo de adhesión a la moratoria impositiva que vencía el 31 de octubre, según contaron fuentes oficiales. La decisión ya está tomada y se oficializará en los próximos días mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que se publicará en el Boletín Oficial.

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La AFIP decidió extender por un mes el plazo de adhesión a la moratoria impositiva que vencía el 31 de octubre, según contaron fuentes oficiales. La decisión ya está tomada y se oficializará en los próximos días mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que se publicará en el Boletín Oficial.

La nueva fecha límite para adherir al plan de facilidades de pago será el 30 de noviembre. Se trata de obligaciones tributarias, aduaneras y previsionales vencidas al 31 de julio, según la ley de moratoria ampliada aprobada a fines de agosto, aunque su reglamentación fue al mes siguiente.

Desde que se habilitó a mediados de septiembre la adhesión a la ampliación de la moratoria se generaron más de 320.000 planes, detallaron fuentes oficiales. Los contribuyentes que ingresaron al plan regularizaron deudas por un monto superior a los $ 200.000 millones, aseguraron.

Sin importar cuándo adhieran las empresas, la primera cuota vencerá el 16 de diciembre, que fue lo que se estableció en la ley.

La extensión del plazo de adhesión "apunta a garantizar que los contribuyentes puedan realizar los diversos trámites y gestiones que posibiliten su acogimiento al régimen de regularización de deudas", dijeron desde el Gobierno.

La moratoria ampliada está destinada a empresas, comerciantes, profesionales, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro. Surgió tras un primer plan de pagos definido en diciembre de 2019 que estaba restringido a ciertos contribuyentes.

Con la pandemia del coronavirus, se decidió hacer más extensivo para incluir a otro tipo de contribuyentes y también para que pudieran sumarse las deudas incurridas en plena cuarentena.

Quienes ingresan se deben registrar en la página web de la AFIP y pueden regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales en hasta 120 cuotas.

De acuerdo con la norma, la tasa de interés del plan de pago en cuotas es de 2% mensual hasta enero de 2021 y, luego, se aplicará una tasa variable que ajusta por la tasa Badlar.

Las empresas e individuos que tengan certificado “Mipyme” vigente al momento de adhesión pueden acceder a 120 cuotas para pagar sus deudas tributarias y aduaneras, o 60 cuotas cuando se trata de aportes de la seguridad social.

El resto puede ingresar sus deudas tributarias y aduaneras en planes de facilidades de hasta 96 cuotas y el plazos para las obligaciones previsionales llega a los 48 meses.

Algunos datos a tener en cuenta es que las empresas grandes que definan sumarse no pueden en los próximos 24 meses distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.

Asimismo, la legislación establece un premio a los cumplidores y, en el caso del monotributo, una condonación del componente impositivo de seis cuotas para las categorías A y B.

En tanto, para las categorías C y D será de cinco; en las E y F, de cuatro; en la G, de tres; y en las I, J y K, de dos.

En ningún caso el límite del beneficio podrá superar los $ 17.500, habrá un descuento del 15% para quienes paguen al contado, y no podrán acceder quienes tengan activos financieros en el exterior y no repatrien por lo menos el 30% dentro de los 60 días.

La caducidad de la moratoria será por falta de pago de tres cuotas para grandes empresas y de seis para micro, pequeñas y medianas empresas.

Fuente: Clarín

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