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El caso "cero" de Orán prepara su defensa judicial

Tras dos hisopados negativos recibió el alta. pero cumple prisión domiciliaria.
Martes, 30 de junio de 2020 01:54

A fines del mes pasado funcionarios de la Fiscalía Federal de Orán iniciaron de oficio un proceso en contra del hombre que fue el primer caso positivo de coronavirus en el departamento, luego de que la documentación que lograron recopilar les certificó que el hombre omitió datos en el control sobre la ruta 50 con el fin de evitar la cuarentena obligatoria.

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A fines del mes pasado funcionarios de la Fiscalía Federal de Orán iniciaron de oficio un proceso en contra del hombre que fue el primer caso positivo de coronavirus en el departamento, luego de que la documentación que lograron recopilar les certificó que el hombre omitió datos en el control sobre la ruta 50 con el fin de evitar la cuarentena obligatoria.

Según la afirmación de las propias autoridades judiciales y de acuerdo a la imputación que recaiga sobre él, podría recibir una condena de 3 meses a 2 años de prisión o en su defecto de 6 a 15 años de cárcel.

Jorge Soruco, abogado del paciente, dijo que está acusado de propagar una enfermedad peligrosa y contagiosa a 8 personas de la ciudad y explicó que el punto central en el que se basará la defensa es el testeo rápido que se le practicó tanto a Gorena como a Paz (camionero jujeño fallecido) en Pampa Blanca, Jujuy, cuyo resultado fue negativo.

El 16 de junio se llevó a cabo la primera audiencia donde se resolvió que Gorena continúe detenido con prisión domiciliaria y durante 30 días la Fiscalía seguirá investigando, para luego llamar a una segunda audiencia en la que se delimitará la calificación legal. El fiscal federal José Luis Bruno, titular de la sede de Orán, formalizó la investigación penal y acusó al hombre de haber contagiado el virus COVID-19 a otras ocho personas entre familiares y amigos. La audiencia se realizó ante el juez federal Gustavo Montoya, por video conferencia.

"La misma bioquímica, con todo el respeto que se merece el trabajo de un agente sanitario, fue quien emitió el certificado que es un instrumento público y es ella quien manifestó a ambos que no tenían problemas de salud y que no tenían la presencia del virus en su organismo", explicó Soruco.

Y agregó que "incluso, el certificado tenía valor por 10 días para que esta gente pueda volver, porque en realidad ellos venían a descargar y hacer reparaciones al camión".

Soruco expresó, además, que un ciudadano común no tiene por qué saber qué tipo de análisis es, si es un PCR, testeo rápido o hisopado y que el alcance de ese estudio solo lo puede saber un profesional. "Mi defendido se valió de este certificado y generó una falsa seguridad".

"De acuerdo al criterio de esta defensa, no estarían dados los requisitos para que se configure el artículo 202 del Código Penal que prevé esta calificación: será reprimido con reclusión o prisión de 3 a 15 años quien propagara una enfermedad peligrosa y contagiosa a las personas. Esta figura es grave y está prevista para la instancia de un dolo que es la deliberación, es decir, que yo a sabiendas de que tengo el virus estoy propagando la enfermedad, o un dolo eventual, que es la representación de que puedo tener la presencia del virus en mi organismo y en base a eso puedo contagiar a otra gente", expresó.

El abogado consideró que ninguna de estas hipótesis se da porque Gorena, su defendido, cuenta con un certificado expedido por la autoridad sanitaria de la provincia de Jujuy donde textualmente dice "no hay presencia, no hay detección de anticuerpos anti COVID-19, o sea, negativo para coronavirus".

 

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