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Qué hay que hacer para salir o entrar del país mientras dure la pandemia

La Dirección Nacional de Migraciones oficializó la implementación de un nuevo requisito. Cuarentena estricta y asunción de la complejidad de su regreso.
Jueves, 03 de septiembre de 2020 18:57

La Dirección Nacional de Migraciones oficializó este jueves el nuevo requisito de ingreso y egreso al país en la cuarentena que se deberá firmar en carácter de declaración jurada desde este lunes 7 de septiembre y con la que establece el cumplimiento de un aislamiento estricto en el territorio nacional y la asunción de la complejidad de su regreso.

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La Dirección Nacional de Migraciones oficializó este jueves el nuevo requisito de ingreso y egreso al país en la cuarentena que se deberá firmar en carácter de declaración jurada desde este lunes 7 de septiembre y con la que establece el cumplimiento de un aislamiento estricto en el territorio nacional y la asunción de la complejidad de su regreso.

Mediante la Disposición 3025/2020 del organismo gubernamental publicada en el Boletín Oficial, aquellos que desean retornar al territorio nacional o salir del mismo tendrán que rellenar los formularios “Declaración Jurada Electrónica para el ingreso al Territorio Nacional” y “Declaración Jurada Electrónica para el egreso del Territorio Nacional”.

Los mismos están disponibles en el sitio oficial de la institución y se encontrarán vigentes mientras dure la emergencia en materia sanitaria, informaron desde la entidad que conduce Florencia Carignano.

"Declaro conocer que por arribar al país, habiendo transitado por “zonas afectadas”, debo permanecer aislado en los lugares o sectores seguros definidos por el gobierno nacional, provincial y/o municipal durante 14 días, contados a partir de la fecha de ingreso al territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA", remarca uno de los puntos de la Declaración Jurada para entrar al país.

Asimismo, la persona también se compromete a "reportar de inmediato a los prestadores de salud, con la modalidad establecida en las recomendaciones sanitarias vigentes en cada jurisdicción".

En caso de no respetar lo firmado, en el trámite se subraya: "Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

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