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En Salta los partidos deben tener un mínimo de cuatro mil afiliados

Esta es la cantidad que las agrupaciones están obligadas a acreditar para mantener la personería política y participar de las próximas elecciones que se celebrarán en la provincia.
Domingo, 17 de enero de 2021 02:06

En los comicios del 2019 Salta ingresó en el ranking de los distritos electorales del país con más de un millón de electores y los partidos políticos de la provincia deben contar con un mínimo de cuatro mil afiliados.

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En los comicios del 2019 Salta ingresó en el ranking de los distritos electorales del país con más de un millón de electores y los partidos políticos de la provincia deben contar con un mínimo de cuatro mil afiliados.

El Ministerio Público Fiscal federal verificará en febrero próximo el cumplimiento de este requisito por parte de las fuerzas políticas locales y comunicará las novedades al juzgado federal con competencia electoral.

Buenos Aires, Capital Federal, Córdoba, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Tucumán y Salta son los distritos, de un total de 24 en el país, que cuentan con más de un millón de electores.

La Cámara Nacional Electoral, a través de la Secretaría de Actuación Judicial, ya hizo público que los partidos políticos de estas ocho jurisdicciones deben acreditar un mínimo de 4.000 afiliados, un requisito esencial para no perder la personería.

Con la reforma electoral efectuada en el 2009, contenida en la ley nacional 26.571, se estableció que los partidos deben tener, en forma permanente, una cantidad de afiliados no menor al 0,4% de los electores, hasta el máximo de un millón.

En esta provincia son 29 las agrupaciones políticas que deben cumplir con la exigencia de la legislación electoral para mantener la personería política y participar de los próximos comicios.

El Ministerio Público Fiscal federal se encarga de verificar el cumplimiento de las cantidades mínimas de afiliados que son difundidas por la Cámara Nacional Electoral.

Las fuerzas políticas que no cumplen con esta exigencia son intimadas para que regularicen la situación y se les otorga un plazo, que es improrrogable, de 90 días. Si en ese lapso no logran acreditar el mínimo de afiliados, se inicia un proceso judicial para declarar la caducidad de la personería.

El aumento

La cantidad mínima de afiliados que deben acreditar los partidos se determina en función del crecimiento del padrón de electores.

El padrón de Salta fue uno de los que más creció en el país en los últimos años y en el 2019 superó la cifra del millón de electores.

En el 2015 el mínimo que se requirió para las fuerzas políticas de Salta fue de 3.704 afiliados.

En el 2016 la cifra aumentó a 3.838 afiliaciones, mientras que en el 2017 se determinó en 3.947 las afiliaciones obligatorias.

En el 2018 el padrón salteño no superaba aún el millón de votantes y, por lo tanto, la cantidad mínima de afiliados para los partidos fue de 3.968.

En el 2019, la exigencia fue de cuatro mil afiliados, número que la legislación electoral exige para los distritos con más de un millón de electores.

Lo que dice la ley

La ley nacional 26.571, de democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral determina que para conservar la personería jurídica política los partidos deben mantener en forma permanente el número mínimo de afiliados.

Determina que el Ministerio Público Fiscal federal verificará el cumplimiento, en el segundo mes de cada año, e impulsará la declaración de caducidad de personerías jurídicas partidarias cuando corresponda.

La norma también señala que previo a la declaración de caducidad, el juez competente intimará al cumplimiento del requisito indicado, por el plazo improrrogable de 90 días, bajo apercibimiento de dar de baja al partido del registro y también su nombre y sigla.

Caducados

Desde el 2008 en Salta caducaron 17 fuerzas partidarias por incumplir con requisitos que establece la ley orgánica de los partidos políticos y la ley de democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral.

 

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