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Dos jueces obraron a favor de la libertad de las hermanas Díaz

La jueza Solórzano declaró la nulidad de la orden de detención de la defensora oficial y un juez ordenó la libertad de la concejal.
Sabado, 13 de marzo de 2021 02:22

Ayer, en un acto insospechado por la gravedad de las pruebas, el Tribunal de Impugnación de la Sala IV, a cargo de la jueza Virginia Solórzano, dispuso declarar la nulidad de la resolución que disponía la detención de Rosa Fabiola Diaz, luego de que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados del Poder Judicial y Funcionarios del Ministerio Público resolvieran allanar la inmunidad constitucional de la defensora Oficial Civil de Tartagal.

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Ayer, en un acto insospechado por la gravedad de las pruebas, el Tribunal de Impugnación de la Sala IV, a cargo de la jueza Virginia Solórzano, dispuso declarar la nulidad de la resolución que disponía la detención de Rosa Fabiola Diaz, luego de que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados del Poder Judicial y Funcionarios del Ministerio Público resolvieran allanar la inmunidad constitucional de la defensora Oficial Civil de Tartagal.

Díaz junto a su hermana Alejandra Paola están acusadas de los delitos de "administración fraudulenta de bienes o intereses ajenos en perjuicio de Díaz, Alejandra Liliana", quien había señalado que en el domicilio materno se encontraban donaciones que tenían como destinatarios a miembros de las comunidades wichi. El domicilio fue allanado el 7 de febrero, secuestrándose en el lugar los elementos señalados.

Llama poderosamente la atención que la defensa técnica, a cargo del Dr. Marcelo Arancibia, haya presentado la propuesta de una medida sustitutiva en reemplazo de la prisión domiciliaria, la cual fue rechazada por improcedente, teniendo en cuenta que la imputada Rosa Fabiola Díaz, hasta la fecha, no se encuentra en situación de detención.

El fiscal penal Nº Dr. Gonzalo Vega es quien solicitó la prisión preventiva de la defensora civil de Tartagal, ya que "existen reunidos serios y contundentes elementos de cargo que permiten atribuirle la comisión del delito de "administración fraudulenta de bienes o intereses ajenos" previsto en el art. 173 Inc. 7 del C.P. en grado de co-autoras (art. 45 del C.P.)". Esto teniendo en cuenta que las acusadas recibieron de distintas fundaciones del interior del país, a modo de donación, mercaderías perecederas, ropas, zapatillas, alcohol en gel, agua mineral de distintas marcas, pañales, entre otras cosas, que las acusadas Paola Alejandra Díaz y Rosa Fabiola Díaz las mantuvieron ocultas durante todo el año 2020 hasta la actualidad, con la finalidad de comercializar dichas mercaderías vendiéndolas a los comercios locales. Otro objetivo era el de mantenerlas guardadas hasta cuando la Paola Alejandra Díaz se postule para diputada, lucrando con dichas mercaderías para un beneficio propio, perjudicando intereses ajenos con su accionar infiel, ya que esas mercaderías tenían un fin específico de ser donadas entre las personas de escasos recursos en las misiones aborígenes de etnia wichi.

La solicitud de detención tenía como finalidad evitar que se pueda coaccionar a la denunciante, que es su hermana, para que no comparezca a juicio o cambie su declaración. Pero escandalosamente la jueza Virginia Solórzano ignoró la gravedad institucional de los hechos cometidos y la necesidad de salvaguardar la investigación. En pasillos de la Defensoría señalan que Díaz se jactaba de que su causa quedaría en la nada debido a sus fuertes vínculos con la cúpula del Po der Judicial.

 

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