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Los códigos de convivencia no pueden limitar derechos

El Inadi advirtió que debe primar la razonabilidad.
Jueves, 22 de julio de 2021 01:47

El dictamen del Inadi cita un fallo de la Corte Constitucional de Colombia, para un caso similar al de Santiago Coraita, en el que el colegio argumentó que estaba violando el código de convivencia y vestimenta por usar una pulsera.

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El dictamen del Inadi cita un fallo de la Corte Constitucional de Colombia, para un caso similar al de Santiago Coraita, en el que el colegio argumentó que estaba violando el código de convivencia y vestimenta por usar una pulsera.

"Los manuales de convivencia de los colegios no pueden vulnerar el derecho a la libre personalidad... Si bien las instituciones educativas tienen potestad reguladora respecto de los deberes y derechos de cada uno de sus miembros, las obligaciones exigidas a los estudiantes con fundamento en los manuales de convivencia no pueden menoscabar la Constitución. Las decisiones que toman los educandos respecto de su propia apariencia, particularmente el corte de pelo o uso de tintes de cabello (..), pertenecen al núcleo esencial del derecho a libre desarrollo de la personalidad, de modo que no procede el establecimiento de restricciones", dice el fallo de Colombia.

En el dictamen del Inadi se advirtió que, tras la repercusión del caso, las autoridades le solicitaron a Santiago que usara la pulsera "solo algunos días" y destacaron que eso es "discriminatorio sin más". También, que ningún código puede aplicarse sin un criterio de razonabilidad.

"Los elementos representativos de una creencia, pensamiento, identidad, entre otros, que se encuentren protegidos legalmente por la legislación antidiscriminatoria ... no pueden ser sometidos a un proceso institucional que implique que el alumno tenga que dar cuenta ante las autoridades de sus motivos para que luego los ponderen", señala la resolución.

A cuatro compañeros de Santiago que publicaron fotos contra la discriminación en las redes sociales el colegio les comunicó que no los admitirían al año siguiente. Luego, intentaron revertir esa decisión pero lo hicieron en términos que merecieron un párrafo aparte en el dictamen del Inadi.

Las autoridades plantearon que entendían que por ser "adolescentes" los chicos habían "interpretado" mal y creían que se había cometido una injusticia contra un compañero. "Esto no es más que una actitud que importa pensar a los niños niñas y adolescentes como incapaces antes que como sujetos de derechos", señaló el Inadi sobre el intento del colegio de relativizar la validez de la opinión de los alumnos sobre lo sucedido.

 

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