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Transporte gratuito para las personas que tienen que ir a votar 

La AMT reglamentó cómo será el funcionamiento. La medida abarca tanto para el acto eleccionario de mañana domingo 12 y de las elecciones generales del 14 de noviembre.
Sabado, 11 de septiembre de 2021 18:04

La Autoridad Metropolitana de Transporte de Salta, (AMT) reglamentó cómo será el servicio de colectivos, en el marco de la adhesión dispuesta por el Gobierno provincial, en relación a la gratuidad del transporte público para el acto eleccionario de mañana domingo 12 de septiembre y del 14 de noviembre.

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La Autoridad Metropolitana de Transporte de Salta, (AMT) reglamentó cómo será el servicio de colectivos, en el marco de la adhesión dispuesta por el Gobierno provincial, en relación a la gratuidad del transporte público para el acto eleccionario de mañana domingo 12 de septiembre y del 14 de noviembre.

Se llevará adelante en la Región Metropolitana y municipios con servicios urbanos, como así también en aquellas empresas que prestan servicios interjurisdiccionales reconocidos por el Estado Nacional. 

La medida regirá sólo de 7 a 19 hs y alcanzará únicamente a personas de más de 16 años habilitadas para sufragar en la jornada electoral.

La frecuencia de las empresas debe ser, como mínimo, la establecida para el servicio que se presta los días sábados.

Las empresas interjurisdiccionales reconocidas son: Turismo Colonia; San Antonio; Fénix; La Veloz del Norte S.A.; ALE HNOS; Transporte Urkupiña; El Chaqueño SRL; Aponte SRL; Zutara Manuel Victor; Gauchito Gil SRL y Transporte 13 de Junio.

Cabe destacar que este domingo quienes hagan uso del servicio deberán portar su DNI, ya que inspectores de SAETA y AMT podrán solicitar la documentación en el control en cada coche.

La gratuidad se establece en favor de las personas que cumplimenten ciertos requisitos:

a.- Mayores de 16 años con intención de votar;

b.- Que acrediten que el viaje a realizar se corresponde con la cercanía del domicilio que figura en el DNI
(Los extremos a y b se acreditan con el DNI).

c.- Se podrán realizar los viajes dentro de la franja horaria comprendida entre las 07 y las 19 horas, salvo las excepciones de destinos que tengan menos de 3 frecuencias, para los cuales no rige la franja horaria establecida.

El control al cumplimiento de las frecuencias y los requisitos que deben cumplir los pasajeros se efectuará a través de los inspectores de la AMT y Saeta (Región Metropolitana).
 

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