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El agua: un bien esencial, finito y el más básico de los derechos humanos

22 de Marzo: Día Mundial del Agua. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a los jueces que tutelen el derecho al acceso al agua potable.
Martes, 22 de marzo de 2022 08:37

Cristina Garros Martínez
Directora del Ideas (Ucasal)    
Presidenta de Fundapaz

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Cristina Garros Martínez
Directora del Ideas (Ucasal)    
Presidenta de Fundapaz

La Asamblea General de las Naciones Unidas con motivo de la Conferencia celebrada en Río de Janeiro en 1992, sobre el medio ambiente y el desarrollo adoptó una resolución fijando el día 22 de marzo de cada año se celebre el Día Mundial del Agua, en virtud de ello a partir de 1993 se celebra en esa fecha.
Es bueno recordarlo como antecedente normativo para invocarlo, pero mucho mejor es trabajar para que este derecho humano, sea efectivo.
En ese sentido es obligación de los Estados garantizarlo y procurar por todos los medios que los seres humanos tengan acceso al agua potable.
En cuanto al derecho de acceso al agua segura, como se mencionó, está específicamente incluido entre los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas N° 6: garantizar la disponibilidad de agua y su ordenación sostenible y el saneamiento para todos: “De aquí al 2030, lograr el acceso universal y equitativo al agua potable a un precio asequible para todos”. Entendiendo como agua segura a aquella libre de patógenos y de contaminantes químicos tóxicos. Este aspecto fue abordado durante la realización de los Talleres, arribando a la redacción de un Reglamento de Gestión y Calidad del Agua.
Con esos antecedentes se acaba de finalizar un proyecto trabajado por el Ideas de la Ucasal, Fundapaz, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas. ONU Mujeres, y la UNSa, que consiste en la elaboración de un protocolo de consulta previa, libre e informada para las comunidades indígenas y criollos del Chaco salteño, para ser utilizado por aquellos que pertenecen a la Mesa del Agua del Chaco salteño, en cuanto se realicen obras de agua en esa zona. Este trabajo, ya concluido, será presentado en la próxima reunión.
 En la referencia jurídica de este proyecto de investigación se señala la Resolución 64/292 de Naciones Unidas que: “reconoce que el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos”.
Dicha norma cuenta con numerosos antecedentes en materia internacional, entre los cuales podemos citar 17 pronunciamientos registrados desde 1977.
En julio de 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoce oficialmente el derecho humano al agua y al saneamiento, asume que el agua potable pura y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los derechos humanos. La Resolución insta a los Estados y a las organizaciones internacionales a proporcionar recursos financieros, a apoyar la capacitación y la transferencia de tecnología para ayudar a los países, en particular a los países en vías de desarrollo, a suministrar unos servicios de agua potable y saneamiento seguros, limpios, accesibles y asequibles para todos.
En el ámbito local, esta normativa se refleja en la Constitución de Salta, puntualmente en el art. 83 que establece: “Los poderes públicos preservan la calidad y reglan el uso y aprovechamiento de las aguas superficiales o subterráneas que integran el dominio de la Provincia. El uso de las aguas del dominio público destinadas a las necesidades de consumo de la población es un derecho de ésta y no puede ser objeto de concesiones a favor de personas privadas”.
A nivel nacional se encuentra la Ley N° 25.688 que establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión de aguas, su preservación y uso racional. Esta norma prescribe la creación para las cuencas interjurisdiccionales de comités de cuencas hídricas, cuya función es la de asesorar a la autoridad competente en materia de recursos hídricos y colaborar en la gestión ambientalmente sustentable de aquellas.
Recientemente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a los jueces que tutelen el derecho al acceso al agua potable, destacando este recurso es “un bien público fundamental para la vida y la salud ”.
Estos fundamentos que constan en el mencionado proyecto, son el respaldo legal , para poder actuar generando agua segura para la población, sobre todo la dispersa en esa zona de la provincia que reúne todas las carencias que la ubica entre las más pobres del país, con alta mortandad infantil, consecuencia de la falta de agua, de seguridad alimentaria, de salud, de educación .
En estas acciones tanto la Ucasal como Fundapaz, y otras organizaciones de la sociedad civil, y el estado provincial como nacional nos hemos comprometido en actuar. Nosotros lo estamos haciendo. Pretendemos seguir trabajando, en ese sentido, como dice el papa Francisco, por la Casa común, por la dignidad de los seres humanos. Por la paz del mundo.

 

Hacer visible lo invisible

En torno a esta idea se celebra el Día Mundial del Agua que, este año, estará dedicado a resaltar el valor de las aguas subterráneas en nuestro planeta. Este día se reivindica la necesidad de proteger y conservar este tipo de aguas que, pese a estar escondidas bajo nuestros pies, son un recurso esencial para la salud del planeta. La ONU afirma que el 97% del agua dulce líquida se encuentra en acuíferos.
 

 

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