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Condenaron al último eslabón de una familia de explotadores

Una mujer purgará diez años por la explotación laboral de tres menores.Antes habían sido condenados en la misma causa su pareja y la hija de ambos. Las víctimas son adolescentes que habían sido captadas en una mina de Potosí para su traslado a Buenos Aires, donde iban a ser explotadas en un taller textil.  
Miércoles, 03 de abril de 2024 13:44
Secuestraron máquinas textiles en una casa de Villa Celina.

El Tribunal Oral Federal 2 de Salta condenó a la pena de 10 años de prisión a una mujer por explotación laboral de tres jóvenes que habían sido captadas en Bolivia.

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El Tribunal Oral Federal 2 de Salta condenó a la pena de 10 años de prisión a una mujer por explotación laboral de tres jóvenes que habían sido captadas en Bolivia.

Se trata de Rosse Mary Aguilar García, quien fue condenada por el delito de trata de personas, agravada por la vulnerabilidad, la cantidad y la edad de las víctimas, y por el número de imputados intervinientes bajo la modalidad de captación y traslado.

La sentencia fue dictada por la jueza Gabriela Elisa Catalano, quien también dispuso una indemnización de 2.628.816 pesos para cada una de las tres víctimas del caso, tal como lo reclamó el titular de la Defensoría Pública de Víctimas, Nicolás Escandar. El cumplimiento de tal medida quedará a cargo del Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata de Personas.

Según informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, la condena a Aguilar García es la tercera relacionada con esta causa, ya que se suma a la de su pareja, Braulio Armella Mamaní, quien recibió el 29 de diciembre pasado 5 años de prisión por el mismo delito, en el marco de un acuerdo de juicio abreviado homologado por el juez federal de Garantías 1 de Salta, Julio Bavio.

Previamente, el 4 agosto de 2023, la jueza Catalano había impuesto 10 años de prisión a la hija de ambos, Karla Yoselín Mamaní Aguilar.

La fiscal subrogante Paula Gallo, a cargo del Área de Atención Inicial de la Unidad Fiscal Salta, y la auxiliar fiscal Vanina Pedrana, representaron al Ministerio Público Fiscal en todos los casos.

La actuación de la fiscalía se había iniciado el 27 de febrero de 2023, a partir del control realizado a un colectivo de larga distancia en el puesto El Naranjo, en Rosario de la Frontera.

En esa oportunidad, al verificar la documentación de los pasajeros, personal de Gendarmería Nacional detectó que Mamaní Aguilar no tenía ningún documento que acreditara su identidad, y la mujer solo dijo que era oriunda de Bolivia y que iba a Buenos Aires. Otra de las pasajeras, de 17 años, indicó que la acusada era su tía y que viajaban juntas.

Lo mismo sucedió con otras dos adolescentes de 16 años, quienes manifestaron lo mismo y explicaron que iban a visitar a sus familiares, aunque ninguna de las tres menores de edad poseía la respectiva autorización de sus padres ni tampoco las tarjetas migratorias.

Ante esas irregularidades la fuerza de seguridad dio intervención a la fiscalía, que llevó adelante la investigación que permitió avanzar con la imputación penal de Mamaní Aguilar y la asistencia integral a las tres adolescentes, que incluyó los trámites necesarios para su retorno a Bolivia.

La fiscalía estableció que la acusada adquirió los cuatro pasajes y que, al momento de la compra, sostuvo que una de las menores de edad era su cuñada y que las otras dos eran sobrinas. Determinó además que, tres días antes, había viajado de Buenos Aires a la localidad de Aguas Blancas, en Orán, por la misma empresa.

La fiscalía expuso que Aguilar García fue la encargada de captar a las tres adolescentes, de 16 y 17 años de edad, quienes trabajaban en una mina ubicada en la ciudad boliviana de Potosí, bajo un extremo grado de vulnerabilidad.

Menores, víctimas en extrema vulnerabilidad

En declaraciones por circuito cerrado de televisión, las víctimas sostuvieron que fueron buscadas por la acusada y su esposo, a quienes nombraron como "Rosa" y "Braulio". Explicaron que la acusada las "persiguió" y les insistió para que accedieran a trabajar en el taller textil, que aducía que era de su propiedad y del cual incluso le mostró imágenes a través del teléfono celular.

Al analizar la oferta laboral realizada a las víctimas, la fiscal recordó que la Ley 20.744, de Contrato de Trabajo, establece 48 horas a la semana, mientras que el ofrecimiento de la acusada era de 90. Con ello consideró que quedó reflejado el fin de explotación laboral.

A partir de las entrevistas que la responsable del Área de Atención a las Víctimas, la psicóloga Verónica Olguín Rufino, la fiscalía estableció que las tres adolescentes estaban en un extremo estado de vulnerabilidad, ya que desarrollaban tareas manuales en la mina de Potosí en la que fueron captadas, donde residían en condiciones precarias en un mismo cuarto y alejadas de la casa de sus padres y madres.

Al momento de evaluar la pena, la fiscalía solicitó para Aguilar García la misma que había sido aplicada a su hija, de 10 años de prisión, pero bajo la modalidad de cumplimiento domiciliario, ya que la acusada tiene a su cargo el cuidado de dos hijos menores de edad y es su única responsable, dado que su pareja, Armella Mamaní, cumple en prisión en efectiva la pena de 5 años de prisión por el mismo delito.

El planteo fiscal no fue discutido por la defensa y, a la vez, fue aceptado por la acusada. La jueza coincidió con los argumentos expresados por la fiscalía y otorgó a las tres víctimas la indemnización requerida por el defensor de mismas.

 

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