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Pago a jubilados y pensionados

Jueves, 01 de agosto de 2013 00:37

 Los beneficiarios de pensiones no contributivas con documentos terminados en 0 y 1 cobran desde el 1 de agosto, 2 y 3 cobran desde el 2, 4 y 5 cobran desde el 5, 6 y 7 cobran desde el 6, en 8 y 9 cobran desde el 7 de agosto.

Los jubilados y pensionados cuyos haberes no superan los $ 2.457 con documentos terminados en 0 cobran desde el 8 de agosto, 1 cobran desde el 9 , 2 cobran desde el 12, 3 cobran desde el 13, en
4 cobran desde el 14, en 5 cobran desde el 15, en 6 cobran desde el 16 , en 7 cobran desde el 20 ,
en 8 cobran desde el 21 y en 9 cobran desde el 22 de agosto.

Los jubilados y pensionados cuyos haberes superan los $ 2.457 con documentos terminados en 0 y 1 cobran desde el 23, en 2 y 3 cobran desde el 26, en 4 y 5 cobran desde el 27, en 6 y 7 cobran desde el 28, en 8 y 9 cobran desde el 29 de agosto.

Todos aquellos Jubilados y Pensionados que cobren por medio de una Orden de Pago Previsional (OPP) o de un Comprobante de Pago Previsional (CPP) tienen tiempo para percibir sus haberes hasta el 10 de Septiembre de 2013, de no hacerlo deberán concurrir a la Unidad de Atención Integral (UDAI) más cercana a su domicilio.

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 Los beneficiarios de pensiones no contributivas con documentos terminados en 0 y 1 cobran desde el 1 de agosto, 2 y 3 cobran desde el 2, 4 y 5 cobran desde el 5, 6 y 7 cobran desde el 6, en 8 y 9 cobran desde el 7 de agosto.

Los jubilados y pensionados cuyos haberes no superan los $ 2.457 con documentos terminados en 0 cobran desde el 8 de agosto, 1 cobran desde el 9 , 2 cobran desde el 12, 3 cobran desde el 13, en
4 cobran desde el 14, en 5 cobran desde el 15, en 6 cobran desde el 16 , en 7 cobran desde el 20 ,
en 8 cobran desde el 21 y en 9 cobran desde el 22 de agosto.

Los jubilados y pensionados cuyos haberes superan los $ 2.457 con documentos terminados en 0 y 1 cobran desde el 23, en 2 y 3 cobran desde el 26, en 4 y 5 cobran desde el 27, en 6 y 7 cobran desde el 28, en 8 y 9 cobran desde el 29 de agosto.

Todos aquellos Jubilados y Pensionados que cobren por medio de una Orden de Pago Previsional (OPP) o de un Comprobante de Pago Previsional (CPP) tienen tiempo para percibir sus haberes hasta el 10 de Septiembre de 2013, de no hacerlo deberán concurrir a la Unidad de Atención Integral (UDAI) más cercana a su domicilio.