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A partir de hoy el boleto urbano costará 5 pesos

Sabado, 31 de enero de 2015 00:00
COLECTIVOS *  EL BOLETO COSTARÁ 5 PESOS MIENTRAS LA JUSTICIA RESUELVE EL TEMA DE FONDO.
Finalmente la Justicia resolvió rechazar el amparo presentado por Codelco y María del Carmen Miñán, que pretendía la suspensión del incremento del boleto de transporte urbano de pasajeros en San Salvador de Jujuy, por lo que a partir de hoy entrará en vigencia el nuevo cuadro tarifario, que lleva el boleto "general" a 5 pesos, al menos hasta que se expidan las autoridades judiciales del Contencioso Administrativo, una vez que termine la feria.
El valor del boleto había sido fijado por la derogada Ordenanza 6.703/14 aprobada por el Concejo Deliberante capitalino, y a raíz del conflicto político y judicial que generó dicho aumento, desde el Ejecutivo municipal se promovió el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 0001.15.0009, que deroga la mencionada ordenanza y fija el costo del boleto "general" en 5 pesos, y que de no mediar imprevistos debe ser refrendado por las autoridades legislativas de la capital jujeña.
Ayer por la mañana el Tribunal de Feria integrado por Alejandro Domínguez, Gastón Galíndez y Silvia Fiesta, notificó a las partes en relación a la determinación que tomaron de rechazar los recursos de amparo presentados por la Codelco y Carmen Miñán, referente local del partido "Forja".
El Tribunal se expidió en relación al decreto municipal 0001.15.0040 del 8 de enero pasado que convoca a los inscriptos a la suspendida audiencia pública a realizar su ponencia por escrito, afirmando que "en primer lugar no observamos que el decreto de convocatoria (...) hubiese vulnerados los derechos de participación de aquellos ciudadanos que se inscribieron para participar de la Audiencia que se convocara en virtud de la Ordenanza 6.687/2014, ya que han tenido la posibilidad de hacerlo en forma escrita, es más, alguno de ellos y conforme constancia de fs. 70/73 presentaron sus ponencias y las mismas fueron evaluadas por la Comisión respectiva", afirma la resolución.
De la misma manera, cita lo expresado por el Superior Tribunal de Justicia, "cabe tener presente que analizado el artículo 42 de la Constitución Nacional, no surge ni siquiera en forma implícita la ineludible obligación de celebrar audiencias públicas en lo que respecta al incremento de tarifas de servicios públicos, ni en la renegociación de contratos públicos". Por éstos, entre otros términos, el Tribunal Contencioso Administrativo en Feria resolvió rechazar las acciones de amparo, quedando la cuestión de fondo por resolverse a partir del lunes, cuando se realice el sorteo de las secretarías.
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Finalmente la Justicia resolvió rechazar el amparo presentado por Codelco y María del Carmen Miñán, que pretendía la suspensión del incremento del boleto de transporte urbano de pasajeros en San Salvador de Jujuy, por lo que a partir de hoy entrará en vigencia el nuevo cuadro tarifario, que lleva el boleto "general" a 5 pesos, al menos hasta que se expidan las autoridades judiciales del Contencioso Administrativo, una vez que termine la feria.
El valor del boleto había sido fijado por la derogada Ordenanza 6.703/14 aprobada por el Concejo Deliberante capitalino, y a raíz del conflicto político y judicial que generó dicho aumento, desde el Ejecutivo municipal se promovió el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 0001.15.0009, que deroga la mencionada ordenanza y fija el costo del boleto "general" en 5 pesos, y que de no mediar imprevistos debe ser refrendado por las autoridades legislativas de la capital jujeña.
Ayer por la mañana el Tribunal de Feria integrado por Alejandro Domínguez, Gastón Galíndez y Silvia Fiesta, notificó a las partes en relación a la determinación que tomaron de rechazar los recursos de amparo presentados por la Codelco y Carmen Miñán, referente local del partido "Forja".
El Tribunal se expidió en relación al decreto municipal 0001.15.0040 del 8 de enero pasado que convoca a los inscriptos a la suspendida audiencia pública a realizar su ponencia por escrito, afirmando que "en primer lugar no observamos que el decreto de convocatoria (...) hubiese vulnerados los derechos de participación de aquellos ciudadanos que se inscribieron para participar de la Audiencia que se convocara en virtud de la Ordenanza 6.687/2014, ya que han tenido la posibilidad de hacerlo en forma escrita, es más, alguno de ellos y conforme constancia de fs. 70/73 presentaron sus ponencias y las mismas fueron evaluadas por la Comisión respectiva", afirma la resolución.
De la misma manera, cita lo expresado por el Superior Tribunal de Justicia, "cabe tener presente que analizado el artículo 42 de la Constitución Nacional, no surge ni siquiera en forma implícita la ineludible obligación de celebrar audiencias públicas en lo que respecta al incremento de tarifas de servicios públicos, ni en la renegociación de contratos públicos". Por éstos, entre otros términos, el Tribunal Contencioso Administrativo en Feria resolvió rechazar las acciones de amparo, quedando la cuestión de fondo por resolverse a partir del lunes, cuando se realice el sorteo de las secretarías.