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Prohiben a los policías usar teléfonos celulares

Jueves, 16 de abril de 2015 00:00
SEGURIDAD EN LOS CELULARES
La norma, ya en vigencia, es para los agentes que cumplan funciones de prevención del delito en la vía pública en todo el territorio argentino, quienes no podrán utilizar celulares o dispositivos de audio durante el cumplimiento de sus funciones. Están sumados a la medida: La Rioja, Catamarca, Córdoba y Salta, por su parte, Buenos Aires se suma a la idéntica norma adoptada.
De acuerdo a la resolución 335, el personal policial que cumpla funciones de "prevención y represión de delitos y contravenciones" tendrá prohibido la portación y utilización de "telefonía celular o dispositivos de audio no provisto institucionalmente". La norma dispone que serán los titulares de las dependencias policiales quienes deberán disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de la orden, al tiempo que deberán bregar porque "el personal a su cargo se encuentre dotado del equipamiento de comunicaciones que requiera el cumplimiento de su función". Según se explica, la cartera que conduce Alejandro Granados consideró que el uso de teléfonos celulares o dispositivos de audio "resulta no solo en un déficit de atención en la prevención y represión de delitos y contravenciones, sino que incrementa los riesgos propios de las funciones que estos desempeñan".
Por eso señala la resolución que "a fin de preservar la seguridad de los efectivos durante la prestación de servicio deviene oportuno y conveniente adoptar medidas restrictivas" en su utilización de aquellos aparatos "no provistos por cada institución".

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La norma, ya en vigencia, es para los agentes que cumplan funciones de prevención del delito en la vía pública en todo el territorio argentino, quienes no podrán utilizar celulares o dispositivos de audio durante el cumplimiento de sus funciones. Están sumados a la medida: La Rioja, Catamarca, Córdoba y Salta, por su parte, Buenos Aires se suma a la idéntica norma adoptada.
De acuerdo a la resolución 335, el personal policial que cumpla funciones de "prevención y represión de delitos y contravenciones" tendrá prohibido la portación y utilización de "telefonía celular o dispositivos de audio no provisto institucionalmente". La norma dispone que serán los titulares de las dependencias policiales quienes deberán disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de la orden, al tiempo que deberán bregar porque "el personal a su cargo se encuentre dotado del equipamiento de comunicaciones que requiera el cumplimiento de su función". Según se explica, la cartera que conduce Alejandro Granados consideró que el uso de teléfonos celulares o dispositivos de audio "resulta no solo en un déficit de atención en la prevención y represión de delitos y contravenciones, sino que incrementa los riesgos propios de las funciones que estos desempeñan".
Por eso señala la resolución que "a fin de preservar la seguridad de los efectivos durante la prestación de servicio deviene oportuno y conveniente adoptar medidas restrictivas" en su utilización de aquellos aparatos "no provistos por cada institución".