"La operatoria vigente contempla que las entidades financieras deben destinar el equivalente al 6,50% de los depósitos del sector privado no financiero en pesos a otorgar créditos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipyme) a una tasa máxima del 19 % y a un plazo de 36 meses como mínimo", dijo el ente monetario en un comunicado.
En adelante, según resolvió el Bcra, las entidades financieras podrán aplicar parte del financiamiento previsto al descuento de certificados de obra pública y de facturas conformadas por parte de las Mipyme. Las entidades que operen como agentes financieros del Gobierno Nacional y de los Gobiernos provinciales y municipales tendrán mayores márgenes para imputar certificados de obra pública al cupo que deben cumplir en el otorgamiento de créditos.
"La operatoria vigente contempla que las entidades financieras deben destinar el equivalente al 6,50% de los depósitos del sector privado no financiero en pesos a otorgar créditos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipyme) a una tasa máxima del 19 % y a un plazo de 36 meses como mínimo", dijo el ente monetario en un comunicado.
En adelante, según resolvió el Bcra, las entidades financieras podrán aplicar parte del financiamiento previsto al descuento de certificados de obra pública y de facturas conformadas por parte de las Mipyme. Las entidades que operen como agentes financieros del Gobierno Nacional y de los Gobiernos provinciales y municipales tendrán mayores márgenes para imputar certificados de obra pública al cupo que deben cumplir en el otorgamiento de créditos.