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Audiencia pública por la tarifa de gas natural

Martes, 01 de septiembre de 2015 00:00

La Cámara Federal de Salta hizo lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada junto a la acción de amparo, interpuesta oportunamente por la entidad Consejo Defensor del Contribuyente-Usuario y Consumidor de Jujuy (Codecuc) en representación de todos los usuarios de la provincia y con el patrocinio legal de Alejandro Mur.

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La Cámara Federal de Salta hizo lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada junto a la acción de amparo, interpuesta oportunamente por la entidad Consejo Defensor del Contribuyente-Usuario y Consumidor de Jujuy (Codecuc) en representación de todos los usuarios de la provincia y con el patrocinio legal de Alejandro Mur.

La resolución judicial ordena a la empresa Gasnor SA y al ente regulador Enargas que dentro del plazo de 120 días debe convocar a una audiencia pública para todos los usuarios de Jujuy y organizaciones representativas.

En ese ámbito se deberá analizar y debatir los nuevos cuadros tarifarios impuestos por la distribuidora Gasnor a partir de abril del año pasado. La realización de la audiencia publica es el paso previo, a la resolución final que la Justicia Federal deberá emitir sobre la cuestión de fondo que es la acción de amparo en la cual Codecuc rechazó los incrementos del precio del gas natural por considerarlos abusivos, arbitrarios e injustificados.

Asimismo se rechazó la facturación a los usuarios de varios cargos como ser Focegas (Resolución 2.407 Enargas), tributo municipal 10 %, Ley 25.413 (Impuesto al cheque), Fondo Fijo, Ingresos Brutos distribuidora y transportadora. Por otra parte en el amparo se solicitó que la facturación sea en forma mensual y no bimestral porque por mayor acumulación de consumo los usuarios pagan más caro el gas natural, por lo tanto se vuelva como antes a una sola tarifa plana.

Por todo ello el Codecuc solicitó a la Justicia declare la inconstitucionalidad de los nuevos precios y demás cargos que se facturan y la modificación del actual sistema tarifario y de facturación, por ser contrarios a la Constitución Nacional y Provincial, Ley 24.076 reguladora del gas, Ley 24.240 Defensa del usuario y consumidor, Ley 23.592 Actos discriminatorios Inadi y normas tributarias.

En cuanto al fallo judicial otros considerandos de los jueces camaristas Jorge Villada, Mariana Catalano y Renato Cabanilla expresan el valor que tienen las audiencias públicas porque constituye un procedimiento que tiende a garantizar el derecho a defensa y el debido proceso, y es preparatorio de la voluntad de consulta.

El presidente de Codecuc Raúl Mur expresó su satisfacción “por este importante fallo que sienta precedente en la provincia sobre el servicio de gas natural y los derechos de los usuarios”.

Y adelantó que próximamente integrantes de la organización, visitarán localidades del interior donde existan usuarios de gas natural, para exponer y esclarecer sobre la temática del servicio y la audiencia pública. Quienes deseen comunicarse pueden hacerlo a través del mail [email protected] o a los teléfonos 154809654 - 155847794.