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Rechazaron el pedido de cese de detención de Milagro Sala

Jueves, 31 de marzo de 2016 12:50
MILAGRO SALA&nbsp;<div><div><br></div>

La Cámara de Apelaciones y Control del Poder Judicial de Jujuy informó este mediodía a través de un comunicado de prensa que rechazó el recurso de apelación presentado por el abogado de Milagro Amalia Ángela Sala, y en consecuencia confirmó en todas sus partes la resolución dictada por el Juez de Control Gastón Mercau, que en fecha 12 de febrero de 2016 no hizo lugar al cese de detención de Sala.

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La Cámara de Apelaciones y Control del Poder Judicial de Jujuy informó este mediodía a través de un comunicado de prensa que rechazó el recurso de apelación presentado por el abogado de Milagro Amalia Ángela Sala, y en consecuencia confirmó en todas sus partes la resolución dictada por el Juez de Control Gastón Mercau, que en fecha 12 de febrero de 2016 no hizo lugar al cese de detención de Sala.

La decisión fue tomada el pasado martes por los jueces Gloria María Mercedes Portal de Albisetti –presidente de trámite-, Néstor Paoloni y Humberto Mario González – habilitado – y corresponde al expediente principal Nº P – 129652/16 recaratulado : "Sala Milagro Amalia Ángela, Nieva Javier Osvaldo, Balconte Mabel, Sagardia María Ivone por supuesta autoría de asociación ilícita, fraude a la administración pública y extorsión; Tolosa Perea Pablo y Gutiérrez Torres Martha Isabel por supuesta autoría de fraude a la administración pública (catorce hechos en concurso real); Tufiño Olga Inés y otros por supuesta autoría de fraude a la administración pública. Ciudad."

En el pedido formulado por el abogado Luis Paz mencionaba que "la detención fue dictada pura y exclusivamente fundada en denuncias" por lo que los jueces expresaron que se aplicó la ley en relación a los hechos denunciados en la causa y encuadrables en figuras de los tipos penales descriptos e imputados a Milagro Sala.

Con respecto al argumento de Paz, de que la pena que podría corresponderle a Sala en caso de ser sometida a juicio y resultar condenada no alcanzaría para mantenerla preventivamente detenida, la presidente de trámite Portal de Albisetti sostuvo que por los delitos que se le imputan, asociación ilícita, extorsión y fraude a la administración pública en concurso real, la pena de ejecución condicional es de imposible configuración, pues en caso de considerarla culpable por tales delitos le correspondería una pena de cinco a veintiséis años de prisión.

Sobre el particular, en su voto, el juez Néstor Paoloni sostuvo que el cese de detención motivado en las disposiciones contenidas en el nuevo Código Procesal Penal no es un derecho absoluto, sino que es facultativo de los jueces determinar las condiciones tanto objetivas como subjetivas para conceder la condicionalidad de la libertad.

Entre los motivos que ponderaron los magistrados para denegar el pedido de libertad de Sala, destacaron el peligro de fuga y el entorpecimiento de la investigación.

"Tal valoración se fundamentó en que Sala es una persona que lidera una organización social encargada de distintas obras públicas de la provincia, que se trata de un hecho grave, complejo, y en cuanto a las modalidades del hecho, en el mismo intervinieron varias cooperativas, funcionarios y particulares, por lo que no puede perderse de vista que Sala es cabeza del manejo de las cooperativas, de tal suerte que resulta lógico y razonable deducir que entorpecerá la investigación", detallaron.