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Perassi dijo que los nuevos criterios "no son de una aplicación obligatoria y directa"

El ministro de Gobierno de  la provincia,  Agustín Perrassi aclaró que los limites para dictar una prisión preventiva no son "modificaciones o agregados" en el Código Penal Procesal Nacional.     

Martes, 19 de noviembre de 2019 12:58

 

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Tras la oficialización, el Boletín Oficial, de una medida que establece nuevos criterios para determinar cuándo aplicar la prisión preventiva y así, agregar límites y una reglamentación incluida dentro del nuevo Código Procesal Penal que comenzará a regir en todo el país a partir de este viernes, se conocieron repercusiones en el ámbito local.

Al respecto, ministro de Gobierno y Justicia de la provincia, Agustín Perassi aclaró que esta medida "no es de una aplicación obligatoria y directa" porque no se trata de una modificación o agregado en el Código Procesal Penal Nacional.

"Cada provincia tiene su Código Procesal, lo que no significa que en un futuro las provincias adapten estos criterios", agregó en una entrevista televisiva,

Con respecto al alcance de estas nuevas medidas, explicó que la misma va a aportar rigurosidad a la hora que los jueces dictaminen una prisión preventiva a quienes tengan una imputación o estén procesados y no tengan sentencia definitiva.

Estos nuevos criterios, manifestó “son conceptos de cómo se debe impartir Justicia”   y fueron  propuestos en el Congreso  para poner límites a “supuestos excesos” en la dictado de la prisión preventiva.

Para finalizar, añadió el funcionario provincial habló de la necesidad de agilizar el inicio de los juicios en nuestro país, que puso de ejemplo, en el caso de un proceso federal "tardan en 15 hasta 20 años".