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Sin efecto convocatoria por el horno crematorio

No se hará la audiencia pública prevista para el 13 del corriente. Graves denuncias contra Ambiente y comisionado.

Miércoles, 06 de febrero de 2019 01:03

El Ministerio de Ambiente de Jujuy a través de la Secretaría de Calidad Ambiental, resolvió dejar sin efecto la convocatoria a audiencia pública por el proyecto de instalación del horno crematorio en la localidad de Los Paños, prevista para el 13 del corriente.

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El Ministerio de Ambiente de Jujuy a través de la Secretaría de Calidad Ambiental, resolvió dejar sin efecto la convocatoria a audiencia pública por el proyecto de instalación del horno crematorio en la localidad de Los Paños, prevista para el 13 del corriente.

 

"De Bedia es arte y parte porque la porción de terreno está asentado y figura en la cédula parcelaria de Inmuebles como de su propiedad".

El proyecto para la instalación y operación de horno crematorio pertenece a la empresa Servicios Sociales Futuro SRL, e iba a estar ubicado en ruta provincial 2 km 20 de Los Paños (departamento San Antonio)

Al respecto, Silvana Morel, abogada de los vecinos de Los Paños, junto a Alba Verónica López, ingeniera agrónoma y pobladora del lugar, agregaron que también existe "el expediente SJ 15349/18 acción de inconstitucionalidad, medida cautelar de no innovar, contra la Comisión Municipal de San Antonio, Ministerio de Gobierno. Esto se tramita ante el Superior Tribunal de Justicia y estamos a la espera que se resuelva este reclamo pidiendo la inconstitucionalidad de la Ordenanza 16/18 y que como medida cautelar, se dicte la suspensión de los efectos de la resolución 383 por la cual el comisionado municipal de San Antonio otorgó un cambio de uso de suelo" donde se prevé instalar el horno crematorio.

Respecto a la audiencia pública, Morel apuntó que "no se trata propiamente de una suspensión sino que se deja sin efecto la resolución de convocatoria a audiencia pública. Esto significa que la Secretaría de Calidad Ambiental ha decidido por resolución administrativa, no una orden judicial como la dictada el 7 de enero, que suspendía la audiencia pública. Acá se deja sin efecto, el llamado porque hay una orden judicial dictada el 7 y 9 de enero del juez de feria Fernando Pedicone, que le suspende al Ministerio de Ambiente todo el procedimiento administrativo. Y suspende también los efectos de la prefactibilidad ambiental que ya le había otorgado el Ministerio de Ambiente al proyecto. Luego, el juez dispuso, porque el Estado pidió el levantamiento y pidió nueva fecha de audiencia, que se solamente se celebre la audiencia. Y estando a una semana de la misma, llegábamos a ella con muchísimas irregularidades. Pero en lo legal, porque soy abogada de los vecinos y parte de la medida cautelar que hemos presentado, la resolución dice que se deja sin efecto porque se han presentado numerosos reclamos administrativos y judiciales. Y porque una de las últimas medidas que tomó el juez de feria Esteban Arias Cau, es que dispone notificar al Ministerio de Ambiente que deberá publicar en el plazo de cinco días a partir de dicha notificación por los medios de prensa de la provincia, información detallada sobre el impacto ambiental que produciría el crematorio en la zona que intenta establecerse. Pero, los de Ambiente dicen que esa medida resulta de imposible cumplimiento, porque ni ellos saben ni quieren investigar o analizar, el impacto que va a producir ese crematorio".

Al respecto, López dijo que "el mismo Ministerio de Ambiente lo dice así: que nos resulta de imposible cumplimiento hacer una evaluación del impacto ambiental de un crematorio, cuando es el órgano encargado de ésto. Entonces, como no va a poder informar a la población por lo menos los detalles sobresalientes acerca de la contaminación que podría generar un crematorio".

Agregó que "nosotros como vecinos investigamos y pudimos armar un bibliorato sobre todas las características de los mismos, que hacen que no sea plausible hacer allí ningún emprendimiento de este tipo". Al tiempo de considerar que habría estado bien que se publique el estudio de impacto ambiental del proyecto, Morel y López reiteraron que está radicado en el Superior Tribunal de Justicia una acción autónoma de inconstitucionalidad contra la resolución del comisionado Álvaro De Bedia, disponiendo el cambio de uso de suelo y de la ordenanza de instalación de crematorio. Acotaron que el pedido es porque "el comisionado es la persona que vendió el terreno, hizo la resolución de cambio de uso de suelo que habilita buena parte de la factibilidad de la obra, hizo una ordenanza siendo arte y parte en esto, durante el ejercicio de la función pública", acotando que se denunció a De Bedia ante la Oficina Anticorrupción.

“El estudio fue paralizado por Justicia”

Por su parte, el Ministerio de Ambiente hizo saber que hasta que la justicia se expida se dejará sin efecto la convocatoria a audiencia pública por el crematorio y por el estudio de impacto ambiental de esta iniciativa que se quiere concretar en Los Paños.
La medida se sostiene “en la imposibilidad de cumplir con las disposiciones judiciales solicitadas por el juez Arias Cau, quien ordenó publicar información detallada de los impactos ambientales, lo que resulta ser de imposible cumplimiento dado a la paralización previa realizada por la Justicia respecto del procedimiento de evaluación del EIA”.
Asimismo, la resolución sostiene que “la definición de las acciones judiciales interpuestas por distintos actores puede insumir un tiempo tal que modifique las condiciones en las cuales se halla actualmente la zona y las circunstancias que enmarcan el proyecto”, volviendo improcedente cualquier trámite administrativo que la cartera, por Ley, pudiera llevar adelante”.
“Además de que, ante la imposibilidad de avanzar con el procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la prohibición de expedirse de modo alguno interpuesta por la justicia, se tornan ineficaces e inútiles los aportes y las conclusiones que se pudieran obtener en la etapa de audiencia pública, resultando en ese marco un mero trámite administrativo sin un real aporte al proceso de evaluación ambiental”.
En este sentido, el órgano de Gobierno consideró finalmente “inoportuno e inconveniente continuar con la convocatoria a audiencia pública para socializar el Estudio de Impacto Ambiental Simplificado, tal como lo establece la legislación vigente, hasta tanto no se diriman las cuestiones judiciales de fondo, y el Ministerio sea notificado al respecto”.