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Ya no solicitan argumentar la causa del divorcio

Viernes, 24 de mayo de 2019 01:03

Con las últimas modificaciones en el Código Civil la voluntad de divorciarse no es tan compleja como años atrás, ahora basta solamente con que las partes manifiestan su deseo de separarse. Ya no deben justificar esa decisión.

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Con las últimas modificaciones en el Código Civil la voluntad de divorciarse no es tan compleja como años atrás, ahora basta solamente con que las partes manifiestan su deseo de separarse. Ya no deben justificar esa decisión.

Hay muchos casos de parejas "que venían casadas desde hace mucho tiempo y que cuando van a pedir el divorcio llevan denuncias policiales u otros documentos para argumentarlo. Ya no hay que echarle la culpa al otro para divorciarse. En las nuevas parejas, de dos o tres años, entienden eso un poco más que las más antiguas", mencionó Daniel Fin, abogado.

En relación al matrimonio, comentó que "es una institución en la que se funda una familia. Eso se rompe por las diferencias en las partes que lo constituyen. Cuando existe la voluntad de una o de las dos personas puede existir el divorcio".

El divorcio está regulado en el Código Civil "y hubo cambios en los últimos 30 años. Esto se fue alejando de lo espiritual de la iglesia, que antes se tenía más en cuenta, y empezaron a incorporarse otras cuestiones. Por ejemplo cuando se presentan en el Tribunal de Familia solo deben solicitar el divorcio, ya no se debe argumentar nada ni explicar porque se termina, solo declarar su voluntad. Antes había que indicar causales. El divorcio se volvió un trámite más sencillo".

Explicó también que se da la posibilidad de que las partes regulen sus relaciones y puedan consensuar para evitar conflictos a futuro.

En el Registro Civil se deja asentado que régimen patrimonial quiere la pareja que se va a casar. ‘El régimen de separación de bienes, lo que adquiera el matrimonio va a ser de cada uno, o lo tradicional es que se lleven mitad y mitad".

"Cuando hay hijos deben regular lo que es el régimen comunicacional y la cuota alimentaria. En caso de que no haya acuerdo se deberán ver en otros juicios por separado".

Sobre el concubinato indicó que no hay ningún trámite legal que se tenga que realizar pero si se puede hacerlo y registrarse para facilitar pruebas y es para los que no quieren casarse. Es una unión de hecho, lleva el nombre de "uniones convivenciales". "Es cuando dos personas quieren compartir la vida en común muchas veces en el mismo lugar de forma permanente o alternada", mencionó Fin.

Remarcó que "como son sociedades de hecho, también la extinción y disolución son de hecho. Si la pareja dejó de convivir no deben acreditar ni probar que dejaron de hacerlo".

 

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