¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

20°
26 de Abril,  Jujuy, Argentina
PUBLICIDAD

El aumento por decreto a los privados sufrirá el descuento de Ganancias

Este año lo pagarán quienes ganen desde $55.000 mensuales.

Lunes, 06 de enero de 2020 10:30

Los trabajadores del sector privado que reciban el aumento salarial dictado por decreto sufrirán, a la vez, el descuento correspondiente del impuesto a las Ganancias.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

Los trabajadores del sector privado que reciban el aumento salarial dictado por decreto sufrirán, a la vez, el descuento correspondiente del impuesto a las Ganancias.

Al ser parte del salario, este beneficio incluirá el pago de Ganancias para aquellos trabajadores que paguen este impuesto.

Este año pagarán Ganancias los trabajadores solteros que ganen en forma neta a partir de unos $55 mil mensuales y de $73 mil en el caso de los casados con dos hijos.

Para que el “bono” no fuera alcanzado por este tributo, debería dictarse una norma legal de la misma jerarquía o una ley que estableciera una exención particular.

De este modo, el denominado el aumento de $4.000, que se pagará en dos cuotas (una de $3.000 con el salario de enero y otra de $1.000 con el de febrero), llegará más desinflado al bolsillo de los trabajadores.

En esta sintonía, otro especialista, que se desempeñó tanto en el sector público como en el privado, indicó: “Al ser un pago a cuenta de futuras paritarias la suma está incluida en el salario y, si el trabajador paga Ganancias, entonces recibirá una suma menor que los 4000 pesos mencionados”.

El ex presidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, Humberto Bertazza, también ratificó este criterio y aclaró que cada trabajador pagará en forma proporcional al escalón del impuesto a las Ganancias en el que esté ubicado.

El abogado tributarista Diego Fraga ratificó que el incremento “paga Ganancias, ya que en el decreto no hay ninguna exención específica; es un pago que se hace a cuenta de las futuras paritarias, y, como todo concepto salarial, al igual que el aguinaldo y otros beneficios, está alcanzado por el impuesto a las Ganancias”.

Temas de la nota