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Quiénes pueden salir hasta 500 metros en cuarentena: ¿se necesita tramitar un permiso?

No se puede utilizar transporte público en esas salidas y se debe cumplir con las recomendaciones de distanciamiento e higiente.

Domingo, 26 de abril de 2020 09:12

Entre las nuevas medidas de la cuarentena que decretó el presidente Alberto Fernández se encuentra la posibilidad de que todas las personas puedan realizar salidas breves (caminatas de máximo 1 hora), a no más de 500 metros de su domicilio, sin utilizar transporte público y cumpliendo con las recomendaciones de distanciamiento e higiene.

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Entre las nuevas medidas de la cuarentena que decretó el presidente Alberto Fernández se encuentra la posibilidad de que todas las personas puedan realizar salidas breves (caminatas de máximo 1 hora), a no más de 500 metros de su domicilio, sin utilizar transporte público y cumpliendo con las recomendaciones de distanciamiento e higiene.

El presidente prorrogó el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 10 de mayo de 2020 pero tomó nuevas medidas para la cuarentena, entre ellas, un permiso de salida de 1 hora para todas las personas hasta 500 metros en cuarentena.

Después del anuncio, el presidente explicó que el permiso de salida de hasta 500 metros "es nacional", que pero que "cada jurisdicción puede ordenarlo según su criterio. Las jurisdicciones tienen discrecionalidad para adaptar algunas medidas a las realidades locales".

La posibilidad de salir hasta 500 metros del lugar de residencia rige en todo el país, es por una hora y alcanza a todas las personas, inclusive los grupos de riesgo, es decir: mayores de 60 años, personas con enfermedades de riesgo y embarazadas.

No se puede utilizar transporte público en esas salidas y se debe cumplir con las recomendaciones de distanciamiento e higiente.

Cabe recordar que en nuestra provincia se estableció un sistema de salidas para realizar ejercicios físicos según la terminación del DNI, Con respecto a este nueva disposición aún no brinde detalles como se implementará y cómo serán.

¿Se necesita tramitar un permiso de salida?
No. No hace falta tramitar permiso (responsabilidad social) pero los desplazamientos no pueden exceder los 500 metros del lugar de residencia.

¿Se puede salir a correr?
No. Una hora de esparcimiento al aire libre no significa poder realizar actividad física, ni correr, ni andar en bicicleta ni salir a hacer ejercicios.

Los niños podrán salir con un adulto
"Se podrá salir un rato de la casa, una hora por día y en un radio de hasta 500 metros, con fines de esparcimiento", dijo el presidente Alberto Fernández.

Los niños podrán hacerlo con uno de sus padres y los adolescentes, solos.

La medida se implementará desde el lunes 27 de abril.

Se debe respetar el área (500 metros) y el tiempo establecido (una hora) y tomar las medidas preventivas de rigor: distancia, tapabocas o barbijo, lavado de manos al regresar, la desinfección del calzado y realizar una muda completa de ropa.

Nuevas medidas de la cuarentena
El aislamiento social, preventivo y obligatorio se prorroga hasta el día 10 de mayo de 2020.
Los grandes aglomerados urbanos son los lugares de mayor riesgo de transmisión del virus. Por ese motivo, todos los aglomerados urbanos de más de quinientos mil habitantes en el país seguirán cumpliendo las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio como lo hicieron durante los últimos quince días.
La Administración Pública Nacional seguirá funcionando con las dotaciones mínimas establecidas.
Siguen suspendidas en todo el país las siguientes actividades:
+ Dictado de clases presenciales en todos los niveles y modalidades.

+ Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y otros

+ Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado

+ Actividades turísticas, apertura de parques, plazas y similares

Las fronteras seguirán cerradas para el ingreso de extranjeros. El ingreso de los residentes continuará en los términos que sean compatibles con el control sanitario.
El transporte de pasajeros aéreo de cabotaje e internacional, terrestre interurbano, entre jurisdicciones e internacional continúan sin autorización para funcionar.
Las gobernadoras y los gobernadores podrán decidir excepciones al cumplimiento de las medidas de aislamiento. Estas excepciones serán autorizadas únicamente cuando se cumplan las siguientes cinco condiciones sanitarias:
1) Tiempo de duplicación de casos confirmados inferior a quince días,
2) Sistema de salud con capacidad adecuada para dar respuesta,
3) Evaluación positiva de las autoridades sanitarias respecto al riesgo socio-sanitario en relación con la densidad poblacional,
4) El porcentaje de la población exceptuada de las medidas de aislamiento no podrá superar el 50% de la población total del departamento o partido,
5) La zona geográfica no podrá estar definida como “con transmisión local o por conglomerado” por la autoridad sanitaria nacional.

Si alguno de estos indicadores no se cumple, el departamento o partido no podrá avanzar con la excepciones.

El Jefe de Gabinete de Ministros podrá disponer el cese de las excepciones que incumplan con los criterios epidemiológicos / sanitarios.
Las y los trabajadores mayores de sesenta años, embarazadas o personas incluidas en los grupos en riesgo (definidos por el Ministerio de Salud) están dispensados de concurrir a sus puestos de trabajo.
Todas las personas podrán realizar salidas breves (caminatas de máximo 1 hora), a no más de 500 metros de su domicilio, sin utilizar transporte público y cumpliendo con las recomendaciones de distanciamiento e higiene.