El Ministerio de Economía dio por declarado hasta fin de año el estado de emergencia y desastre agropecuario a las producciones ganaderas, citrícolas, arroceras, tabacaleras y hortícolas a cielo abierto, afectadas por sequía, en diez departamentos de la provincia de Corrientes.
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El Ministerio de Economía dio por declarado hasta fin de año el estado de emergencia y desastre agropecuario a las producciones ganaderas, citrícolas, arroceras, tabacaleras y hortícolas a cielo abierto, afectadas por sequía, en diez departamentos de la provincia de Corrientes.
La medida se estableció mediante la Resolución 1620/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial, y abarca a explotaciones de los departamentos de Curuzú Cuatiá, Mercedes, Monte Caseros, Paso de los Libres, Sauce, Bella Vista, Esquina, Goya, Lavalle y San Roque.
La resolución se tomó luego de que la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarias recibiera el informe contemplado en el decreto provincial 2099/2023, que declaró la emergencia provincial en los departamentos señalados "por las escasas lluvias registradas y los bajos niveles de reservas hídricas durante los meses de enero a julio de 2023, que determinaron condiciones de sequía en el sector agropecuario", se indicó en los considerandos.
Asimismo, la norma nacional determinó que la declaración del estado de emergencia o desastre, según corresponda en casa caso, se extenderá desde el 1° de julio al 31 de diciembre, fecha tomada como finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas.
Para acogerse a los beneficios, los productores deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.
La declaración del estado de emergencia corresponde cuando al menos el 50% de la producción o capacidad productiva de la explotación se encuentre afectada, y en ese caso el titular se beneficiará con la postergación del pago de impuestos nacionales.
Si ese perjuicio supera el 80% de la producción o capacidad productiva, se declara desastre agropecuario y el productor quedará eximido del pago de los tributos correspondientes.