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El juzgado de Trabajo N°13 de la Ciudad de Buenos Aires ordenó ayer la suspensión de la aplicación del Impuesto de Ganancias en salarios docentes y de todo lo relativo a adicionales sobre los cuales se calcula ese gravamen.
Fue a través de una medida cautelar que ordena dejar sin efecto los artículos 73, 81 y 94 de la ley 27.743 de Ganancias. Así, se trata de la primera sentencia contra la reinstauración del piso de Ganancias tras la aprobación del paquete fiscal.
Puntualmente, el Juzgado de Trabajo N°13 resolvió suspender la aplicación del impuesto sobre los salarios, así como lo relativo a los adicionales, como ruralidad, material didáctico y presentismo.
El sindicato docente Ctera, que encabeza Sonia Alesso, expresó que el fallo "es de suma importancia" porque es el primero respecto al tema "planteado por una organización sindical que abarca a las y los trabajadores de la educación".
"Este es el triunfo de la resistencia y la lucha de la Ctera con todas sus acciones: paros, movilizaciones y concentraciones frente al Congreso", afirmó en un comunicado.
A principios de agosto, Ctera había presentado ante la Justicia laboral un amparo con el fin que se declare la inconstitucionalidad del impuesto a las Ganancias, que fue restituido en su cuarta categoría en el paquete fiscal aprobado en el Congreso y ya reglamentado por el Ejecutivo.
La normativa impone el pago de Ganancias a los trabajadores a partir de los sueldos de $1.800.000 para el trabajador/a soltero y de $2.340.000 para los casados.