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La Afip cierra el cerco a negocios inmobiliarios

Sabado, 29 de diciembre de 2012 22:58
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) arranca el 2013 reforzando el control sobre la compraventa y el alquiler de inmuebles. Completará el cerco antievasión para los operadores inmobiliarios. Les exigirá aportar datos clave en tanto realicen más de tres ventas al año o superen en conjunto los $300.000. La avanzada, además, apunta a las locaciones que superen los $8.000 mensuales.

En la vigilancia fiscal quedan comprendidos los arrendamientos rurales de más de 30 hectáreas. En este escenario, la normativa establece que las empresas y particulares que realicen o intervengan en operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles deberán inscribirse en el denominado Registro de Operaciones Inmobiliarias.

Asimismo, en caso de tratarse de propiedades que pertenezcan a sujetos residentes en el exterior, la exigencia recaerá en sus representantes en el país. El cerco antievasión les alcanza a quienes actúen como intermediarios en la compraventa y locación de inmuebles, percibiendo una comisión o retribución. El cedente, en el caso de cesiones de nuda propiedad con reserva de usufructo.

El cónyuge al que corresponda atribuir las rentas provenientes de la locación, arrendamiento, cesión o similares. En el caso de locaciones, se fiscalizará siempre que las rentas brutas devengadas por el total de las operaciones sumen un monto igual o superior a $8.000 mensuales. Cuando la contraprestación se pacte en especie, los bienes o prestaciones recibidos se valuarán al valor de plaza a la fecha de recepción.

Por otra parte, la normativa de la Afip -a los efectos del régimen- hace referencia a los arrendamientos rurales cuando los mismos involucren una superficie igual o superior a 30 hectáreas, con prescindencia del monto de rentas brutas que generen dichos contratos. Alcanza a la locación de espacios o superficies fijas o móviles -exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles. Incluye a las transacciones que se pacten en moneda extranjera, los respectivos importes deberán ser en pesos aplicando el valor de cotización -tipo comprador- del Banco de la Nación Argentina. Cabe destacar que los responsables obligados tendrán que informar los detalles.

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