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30 de Junio,  Salta, Centro, Argentina
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El nuevo horario bancario recogió quejas y aceptación

Jueves, 03 de mayo de 2012 12:07
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El nuevo horario establece que las entidades bancarias abren a las 8.30 y cierran sus puertas a las 13.30, todos los días hábiles.
El decreto provincial 1598 autorizó el cambio de horario de los bancos en Salta, basado en el permiso que otorga el Banco Central

En el primer día del cambio de horario en los bancos, que desde ayer atienden al público de 8.30 a las 13.30, los clientes se apuraron para llegar a tiempo a las filas, ya que media hora menos para el cierre implica un cambio a considerar.

“No me complica demasiado, salvo algunos días de la semana en los que solo puedo llegar al banco a las 13.50. Ahora ya no voy a poder ingresar a esa hora, pero no es un problema mayor”, comentó a El Tribuno, Josefina que no puedo atravesar la puerta de un banco del centro por llegar 10 minutos tarde.

La nueva disposición para las entidades bancarias en Salta retrotrajo media hora el horario de atención (hasta la semana pasada abrían a las 9 y cerraban a las 14).

“Yo entro al trabajo las 9, que es la hora en la que antes abrían los bancos. Con media hora antes me da la posibilidad de venir al banco y llegar a tiempo a la oficina”, comentó Claudio, que aguardaba en la cola.

Diferente es la situación de quienes terminan su jornada laboral a las 13, principalmente quienes trabajan en la administración pública. A ellos les resulta difícil el nuevo horario.

“Yo salgo a las 13 y hoy llegué pero estimo que no va a pasar lo mismo mañana, porque desde que tomo el colectivo hasta que llego al centro, en plena hora pico, pasan más de 30 minutos”, explicó Carmen, quien trabaja en una dependencia de la Municipalidad de Salta, en Paraguay al 1200.

La nueva franja horaria para los bancos fue autorizada por el decreto 1598, emitido por el Gobierno de Provincia de Salta.

El pedido para cambiar el horario de atención al público en Salta corrió por cuenta de representantes y gerentes de entidades bancarias.

El Banco Central de la República Argentina permite que sean las provincias las que determinen según las particularidades de cada una, el horario de apertura y cierre, aunque sin modificar la cantidad de horas de la jornada laboral de los empleados bancarios ni de la atención al público.

La Comunicación A3117 de esa institución nacional establece que: “En las provincias, sus respectivos gobiernos pueden disponer cuando las necesidades locales lo hagan imprescindible, la implantación de horarios de ocupación para el personal y de atención al público distintos de los fijados en los puntos 1.1 y 1.3 siempre que se mantenga la jornada de 7.30 para el personal y el lapso de 5 horas para la atención al público”.

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