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La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) apeló ayer un fallo de un Juzgado Federal de Neuquén que permitía a un contribuyente adquirir dólares para comprar un campo.
La resolución dictada por la jueza Carolina Pandolfi, titular del Juzgado Federal número 1 de Neuquén, hizo lugar a un amparo presentado por un contribuyente que quería realizar una operación inmobiliaria en dólares.
Tras decretar la inconstitucionalidad de la medida oficial, la jueza ordenó a la Afip autorizar, en un plazo de cinco días, la venta de 125 mil dólares al cambio oficial a una persona que había adquirido un campo en 2010 y debía saldar la deuda.
Ahora intervendrá la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, que el año pasado rechazó la medida cautelar concedida por la jueza al mismo contribuyente y por el mismo motivo.
En la resolución judicial, la magistrada ordenó al organismo recaudador “validar” la adquisición de divisas con destino a la “compra de inmuebles”, cuando la Comunicación “A” 5377 del Banco Central sólo establece que la AFIP autorice las operaciones para turismo y viajes al exterior.
Según se informó, ya se han iniciado varias acciones judiciales relativas a la operaciones cambiarias, sin que exista ningún pronunciamiento firme avalando las pretensiones de los contribuyentes de comprar divisas al margen de las normas que regulan la materia.
Desde fines de octubre de 2011, el Banco Central implementó un régimen de restricción en la compra de dólares para evitar la fuga de divisas.
En una primera etapa impidió la compra de billetes que se destinaban al ahorro, luego lo amplió para operaciones inmobiliarias y finalmente bloqueó ese tipo de adquisiciones.
Sólo habilitó la venta de dólares en casos de personas que tengan que viajar al exterior por necesidad o por turismo o el uso de tarjetas de crédito o débito, aunque en este caso también existen restricciones.
Otro antecedente
En materia de litigio el cepo se encuentra judicializado. Hay otro antecedente en la Justicia. El magistrado Alfredo López de Mar del Plata también ordenó permitir la adquisición de dólares para la compra de una vivienda. La Afip y el Banco Central no cuentan con “ninguna norma jurídica” que avale la prohibición, opinó.
Dijo que el cepo a la compra de dólares, dispuesto por el Gobierno nacional, no tiene respaldo legal. De esta manera, el magistrado fundamentó un fallo mediante el cual ordenó a la Afip) que autorice a una pareja a adquirir 16 mil dólares para completar el pago de una vivienda.
El magistrado sostuvo que la Afip “actuó mediante vías de hecho”, porque no tenía “ninguna norma jurídica que respaldara su accionar”. Al respecto, el magistrado subrayó: “Esto es inadmisible en un Estado de Derecho”.
A su vez, señaló que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) “no ha tenido en cuenta que el artículo 19 de la Constitución Nacional establece que todo lo que no está prohibido está permitido”.
“En la resolución del BCRA no existe una prohibición adquirir divisas, sino que hay una suspensión para atesoramiento. Pero no fija plazos ni establece la posibilidad de prórroga, de manera tal que es una resolución totalmente arbitraria”, agregó.
El magistrado pidió una investigación por la posible comisión de los delitos de abuso de autoridad.
Hay 129 acciones judiciales
En Neuquén un Juzgado Federal falló nuevamente en contra el cepo al dólar, que habilita a una persona a adquirir divisas para comprar un campo.
Lentamente, algunos jueces que entienden los amparos que quedaron bajo su competencia, empiezan a dictar sus fallos.
Para el derecho, las cuestiones que son básica para los ciudadanos no pueden quedar sólo para el Estado. Hay magistrados que piensan que hubo abuso de autoridad de parte del Banco Central para ordenarle a la Afip que mantenga contra viento y marea el cepo cambiario. La Afip apeló el fallo neuquino, por lo que ahora intervendrá la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca. Hasta el momento hay 129 acciones judiciales por operaciones cambiarias.
La jueza Carolina Pandolfi ordenó al organismo recaudador a que valide las compras de billetes para que el interesado compre con ellos un terreno.
Entre los considerandos que usó para fallar la jueza Pandolfi está el tema de la “década ganada”.
“El Poder Ejecutivo Nacional -dijo Pandolfi- hizo uso (a través del Bcra) de facultades delegadas por el Congreso de la Nación para sortear una situación de emergencia que si no está concluida la vigencia de la ley 26.729 impediría aseverarlo-, al menos, mutó su naturaleza. Adviértase que desde el mismo Poder Ejecutivo se difunde la idea de que el período transcurrido entre 2003 y 2013 es una década ganada, para sintetizar la mejora en los indicadores económicos y sociales lograda”. La jueza declaró “la invalidez constitucional de la Comunicación “A” 5318 Bcra que limitó los destinos específicos para los cuales autoriza la adquisición de divisas”.