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El uso del uniforme de trabajo

Miércoles, 17 de febrero de 2016 01:30
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Desde el punto de vista del empresario, establecer el uso del uniforme puede responder a varios motivos:
1.- Obligación legal, como veremos es la principal motivación y también causa de frecuentes conflictos;
2.- Seguridad e higiene: prendas de trabajo que protegen y previenen accidentes laborales;
3.- Comodidad: unas prendas de trabajo holgadas y resistentes ayudan a los empleados a sentirse más protegidos y cómodos;
4.- Publicidad: las prendas de trabajo, con notables distintivos o colores, pueden identificar claramente a la empresa;
5.- Camiseta de la empresa: el hecho de que los integrantes del equipo vistan el mismo uniforme contribuye a crear sensación de pertenencia.
El trabajador, por su parte, según las circunstancias, puede exigir la entrega del uniforme o rechazarlo. La primera situación se presenta generalmente en la actividad industrial y en aquellos oficios bajamente remunerados, siendo frecuente motivo de reclamo la falta de entrega de la indumentaria de trabajo. La falta de provisión implica para el trabajador tener que desgastar su propia ropa. El rechazo para usar el uniforme de la empresa (situación menos común) se presenta cuando el empleado siente que ello menoscaba su función o se siente ridículo por las propias características de la prenda.
La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) nada dice sobre la obligación del empleador de suministrar ropa de trabajo, ni sobre la obligación de usarla por parte del trabajador. Sin embargo, pesa sobre el empleador una obligación de "indemnidad". Mantener indemne al trabajador "resarciendo los gastos suplidos por este para el cumplimiento adecuado del trabajo y resarcirlo de los daños sufridos ... por el hecho y en ocasión del mismo" (art.76 LCT). Teóricamente (en la práctica no se da), los trabajadores podrían reclamar por el desgaste de su propia ropa cuando el empleador no le ha provisto la necesaria.
Otra fuente legal de gran importancia surge de la imposición que establecen la mayoría de los convenios colectivos de trabajo (CCT), que generalmente disponen la entrega de dos equipos para las temporadas de invierno y verano. Las reglamentaciones sobre higiene y seguridad en el trabajo también imponen el uso de determinadas prendas para proteger al trabajador de riesgos específicos.
Surgen algunos interrogantes:
¿Quién debe lavar la ropa? El empleador, porque es una extensión del suministro de ropa adecuada (aunque en la práctica muchas veces lo hace el trabajador).
¿Puede prohibirse el uso del uniforme fuera de la empresa? Obviamente, si el empleador no ha suministrado cofres para guardar la ropa en la empresa no puede prohibir su uso en el trayecto de la empresa al domicilio y viceversa. Cuando el uniforme tiene identificaciones de la empresa claramente visibles, el empleador (reglamento mediante) puede prohibir su utilización fuera del establecimiento (salvo el supuesto anterior). Esta sería la contrapartida de la publicidad que referíamos párrafos arriba: se presenta cuando el empleado piensa que sus trabajadores pueden dar una mala imagen y un mal comportamiento individual confundirse con la misma empresa.
¿Puede el trabajador rechazar el uniforme? No, salvo que sea extravagante o ridículo. ¿Puede el empleado negarse a usar una plaqueta de identificación personal? Entendemos que no, si bien en la doctrina europea, minoritariamente, se sostiene que puede ser violatorio del derecho de intimidad del trabajador.
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