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30 de Junio,  Salta, Centro, Argentina
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"Vendrá una inusitada ola de violencia hacia las comunidades indígenas"

Entrevista a Martín Plaza, abogado de organizaciones indígenas, exdirector de Tierras del INAI
Miércoles, 11 de diciembre de 2024 11:25
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En la misma fecha del Día internacional de los DDHH, el Gobierno nacional derogó mediante el Decreto 1083/2024, la prórroga declarada en Decreto 805/2021 a los artículos 1° (Emergencia en materia de posesión y propiedad comunitaria de tierras indigenas) y 2° ( suspensión de desalojos o desocupación a comunidades indígenas) de la Ley 26160, sancionada y promulgada en el año 2006. La decisión deja en situación de fragilidad y vulnerabilidad a los pueblos indígenas de todo el país que están en disputa judicial por los territorios comunitarios porque permite al Estado que falle a favor de la propiedad privada. En consecuencia, permitirá los desalojos los cuales siempre tienden a una escalada de violencia que ya registra muertes. Los casos en la provincia de Salta.

 

¿Qué significa la derogación de la emergencia territorial indígena?

Concretamente, se elimina la ley de emergencia territorial indígena y lo más importante es que deroga la disposición que prohíbe cualquier tipo de desalojo vía administrativo judicial hacia comunidades indígenas. La prohibición de desalojo que estaba vigente desde el año 2007, desde que se sancionó esta ley por primera vez.

 

¿Eso a Salta, a cuántos pueblos afecta? 

Salta es la provincia con mayor cantidad de diversidad cultural en todo el país. Tiene más de 500 comunidades indígenas pertenecientes a 14 pueblos y una conflictividad importante, tanto en la región del norte salteño, lo que se conoce como el Chaco salteño, como en la región de los Valles Calchaquíes, como en la región de la Puna. Hay una presencia de conflictividad territorial muy fuerte, en distintos contextos históricos, pero cada vez ha habido más intereses patrimoniales sobre el territorio indígena de distintas características. Teniendo en cuenta que en la Puna tenemos minería, y en los Valles Calchaquíes tenemos el turismo, el monocultivo de la vid, la industria vitivinícola, el Chaco salteño, todo lo que tiene que ver con la expansión de las fronteras agropecuarias, caracterizadas por el monocultivo de la soja, cereales, procesos que se vienen agravando desde los ´90 hasta la fecha, y que en este contexto donde se ha sancionado una ley como el RIGI que promete cada vez agudizarse más, particularmente con lo que tiene que ver con la industria extractiva.

 

¿Cómo afecta esto a la ley 26160? 

Este DNU deroga la última prórroga, que es el decreto 805, que la última prórroga que tuvo esta ley fue por DNU, firmado por el expresidente Alberto Fernández en noviembre del 2021, y este decreto deroga este DNU que le da prórroga a esta ley. Ahora ya no tiene ningún tipo de vigencia la 26160.

 

¿Está contemplado cuántos son los conflictos?

No están cuantificados. Hay distintos registros de organizaciones de la sociedad civil y del Estado que pueden dar un dato de más de 300 conflictos, en todo el país, con comunidades indígenas. Es un dato que no está en ningún registro ni estatal, ni de organizaciones civiles, porque es muy dinámico, entonces es difícil cuantificar, pero sí hablamos de decenas de conflictos, por lo menos en la provincia de Salta, y que sobre todo hay que entender que hay muchos conflictos que en su momento quedaron paralizados judicialmente justamente por la interposición de esta ley. Ahora, con esta disposición quedan expuestos a que obviamente vuelvan a reactivarse judicialmente todo este tipo de conflictos, que son muchísimos. Entonces seguro lo que va a pasar es que vendrá una conflictividad social inusitada y muy fuerte, y una ola de violencia (de violencias a las comunidades indígenas) en todo el país, particularmente en Salta.

 

En los considerados del decreto ¿Por qué dice que la inscripción es irregular en las comunidades indígenas?

En los considerando hay claramente una mirada estigmatizante y prejuiciosa, y además inconstitucional. La personería jurídica, el derecho a la personería jurídica tiene un carácter de un reconocimiento declarativo, es decir, el Estado cuando reconoce una comunidad no constituye un nuevo derecho, tiene un carácter declarativo. No constitutivo, como las comunidades indígenas preexisten al Estado argentino, no dependen del reconocimiento del Estado para existir como tal. En ese sentido, la ley 26.160 reconocía el relevamiento territorial a aquellas comunidades que tengan personería jurídica o no, porque esto es lo que dice la Constitución y acorde también a lo que dicen los tratados internacionales de derechos humanos relacionados a los pueblos indígenas.

 

Es una concepción política, se prioriza la propiedad privada por sobre las personas...

Sí, no solamente la propiedad privada, sino que se está dejando de lado los compromisos constitucionales y convencionales que asumió el Estado argentino con la reforma del 94. Incluso tenemos una sentencia del sistema interamericano por el caso de Lhaka Honhat, en el cual ya se habla una debilidad del Estado argentino para reconocer el derecho a la propiedad comunitaria indígena. Y esta ley, la 26.160, era la única ley a nivel nacional, la única política pública, que tendía a materializar justamente estos derechos reconocidos en la Constitución; que ya era débil en sí, pero justamente hacía falta una ley de propiedad comunitaria. Ya venía el sistema interamericano llamándole la atención al Estado argentino, que necesitaba mayor y mejor herramientas para darle seguridad jurídica al derecho a la propiedad comunitaria. Ya era débil en sí. Bueno, la única herramienta que tenía el Estado argentino para intentar cumplir con estos derechos constitucionales, bueno, la acaban de derogar de un plumazo.

 

¿Y ahora qué se puede hacer legalmente?

El derecho a la propiedad y la posesión comunitaria indígena está resguardado por la Constitución y por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos. Eso sigue teniendo vigencia y habrá que seguir apelando a estos instrumentos que tienen jerarquía constitucional. Por otro lado, también creo que es importante que la Provincia se tome cartas del asunto y se pueda regular y sancionar una ley provincial que, por lo pronto, disponga de la prohibición de los desalojos que estaba dispuesta en la ley nacional.

 

¿Hay algo simbólico que justamente sea el día de diciembre cuando lo publican en el Boletín Oficial?

Sí, sin duda que sí. Claramente hay un nivel de perversidad y cinismo que lo vienen repitiendo desde que asumieron la gestión. Digo, utilizar las fechas simbólicas. También hay una disputa cultural muy fuerte por parte del Ejecutivo Nacional, desde el momento en que se exalta la figura de Roca, desde el momento en que se volvieron a hablar del Día de la Raza y no el Día de la Diversidad Cultural. Claramente también esta propuesta y esta mirada, esta concepción que refiere a la cuestión indígena, tiene una mirada totalmente negacionista, estigmatizante y también claramente está orientado también a disputar lo cultural y el sentido común. Yo creo que significa también una conflictividad con las fuerzas policiales que será inédita.

 

¿Le dan vía libre?

Totalmente, porque cuando ocurren este tipo de conflictos, cuando se promueven desalojos para las comunidades indígenas, son las fuerzas encargadas de llevar adelante las medidas, son las fuerzas de seguridad, que lamentablemente ya lo hemos vivido, las que muchas veces han acumulado grandes hechos de represión, incluso hasta que han acumulado con muertes referentes indígenas. Entonces, claramente hay que tener en cuenta esto, esta ley funcionaba como una gran herramienta para prevenir este tipo de conflictos y para garantizar paz social.

 

Y se corta un trabajo de años...

En diciembre del año pasado, cuando yo estuve en el INAI, en la Dirección de Tierras, que tenía a cargo esta política pública, enviamos un informe a la Cámara de Diputados y Senadores de la Nación, donde daba cuenta del cumplimiento, del relevamiento de esta ley, que al día de la fecha hay casi mil comunidades indígenas relevadas, que dan cuenta de 12 millones de hectáreas, y que dicho informe también da cuenta de que el último año, es decir, el 2023 de la gestión; fue el año en que más resoluciones se emitieron en la historia del programa de relevamiento. Entonces, era una ley que se venía aplicando, se venía trabajando, que cuando se recibió presupuesto por parte del Estado, se implementó esta ley en conjunto con las organizaciones indígenas, y claramente hay un antecedente importantísimo, que es esto, con el cual hay que trabajar también, o sea, dar cuenta que hoy somos un país que tenemos una alta presencia de comunidades y pueblos indígenas, y que ocupan 12 millones de hectáreas, y que también detrás de estas políticas públicas, están orientados justamente a priorizar otro modelo u otra concepción de producción, que va en contra de los modelos y la composición indígenas, con cuidar el territorio o mirar el territorio de una mirada de la producción de alimentos sanos, del cuidado de los bosques nativos, del cuidado de los ríos. Y estas políticas públicas que está tomando el Gobierno nacional, es mirar de preservar los intereses extractivistas, del monocultivo y los grandes sectores concentrados de la economía rural.

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