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La Cámara del Trabajo determinó que la reforma laboral de Milei es inconstitucional

La Justicia resolvió la cuestión de fondo y avaló el planteo de la CGT declarando la invalidez del capítulo 4 del DNU del Presidente.
Martes, 30 de enero de 2024 13:42

La Sala de Feria de la Cámara del Trabajo resolvió el amparo planteado por la CGT y determinó que el capítulo 4 del DNU 70/2023 de Javier Milei es inconstitucional. La decisión alcanza a los artículos vinculados a la reforma laboral que impulsa el gobierno nacional. La decisión fue firmada por los jueces Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera.

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La Sala de Feria de la Cámara del Trabajo resolvió el amparo planteado por la CGT y determinó que el capítulo 4 del DNU 70/2023 de Javier Milei es inconstitucional. La decisión alcanza a los artículos vinculados a la reforma laboral que impulsa el gobierno nacional. La decisión fue firmada por los jueces Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera.

“No se registraba impedimento para la reunión de las cámaras del Congreso, e incluso el 27 de diciembre de 2023, es decir, con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del DNU 70/2023, el órgano lelgislativo se encontraba convocado, en funciones, y con facultades para examinar el contenido de las reformas propiciadas en dicho DNU”, se sostuvo.

Los jueces incluso opinaron sobre la demora del trámite de la revisión del DNU en el Congreso. “Cabe aclarar que los jueces que suscriben la presente concuerdan en las consideraciones que se exponen a continuación para resolver como Tribunal de Feria esta controversia, no sin antes advertir que las circunstancias suscitadas con posterioridad a la publicación del decreto indican que, a su respecto, el proceso de intervención de los poderes políticos no habría avanzado con la premura que requería, de acuerdo con la situación que parecía indicar el contexto social, político y económico existente a la asunción del actual gobierno. Así lo demuestra el tiempo transcurrido sin que hasta el momento exista un despliegue en la actuación del Congreso que permita suponer que en el corto lapso pueda emitirse una decisión que dé debido cumplimiento con las disposiciones de la ley 26.122″, se sostuvo.

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