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Nuevas exigencias para patovicas

Viernes, 14 de diciembre de 2012 06:07

Si bien el código de nocturnidad que los concejales pretendían aprobar este año no saldrá finalmente, debe entrar en vigencia una ordenanza aprobada en octubre, que se refiere a la creación de un registro del personal de control de asistencia y permanencia (CAP) en los locales de diversión nocturna, bailables, confiterías, restaurantes, peñas, pubs y/o bares con anexo bailable.

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Si bien el código de nocturnidad que los concejales pretendían aprobar este año no saldrá finalmente, debe entrar en vigencia una ordenanza aprobada en octubre, que se refiere a la creación de un registro del personal de control de asistencia y permanencia (CAP) en los locales de diversión nocturna, bailables, confiterías, restaurantes, peñas, pubs y/o bares con anexo bailable.

A raíz de esta nueva norma municipal es que el personal de los boliches tendrá que cumplir una serie de requisitos para poder quedar habilitado para desarrollar esa función.

Entre ellos se encuentra la obligatoriedad de poseer 2 años de residencia en Salta, tener más de 18 años, secundario completo, contar con certificado de buena conducta, acreditar conocimientos de primeros auxilios, estar capacitado en materia de derechos humanos, negociación y resolución de conflictos.

A su vez, se les exige que no podrán tener condenas por delitos de lesa humanidad, ni tampoco por delitos contra la integridad sexual; también contar con un certificado psicofísico.

Será la Municipalidad de Salta quien le otorgará la habilitación a cada una de las personas que se desempeñen en dicha función.

La ordenanza estipula además que deberá haber un personal de seguridad cada 80 concurrentes, y el 20% del personal que preste servicio deberá ser de sexo femenino. Estarán obligados a darles un trato igualitario a todas las personas que acudan al establecimiento. Las multas llegan hasta las 500 unidades tributarias.

 

 

 

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