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Duro revés judicial para el controvertido Jaime

Sabado, 10 de agosto de 2013 02:26

Luego de varias buenas noticias en los Tribunales, Ricardo Jaime recibió ayer un duro revés. Es que la Cámara Federal de Casación Penal rechazó ayer un pedido del exsecretario de Transporte Ricardo Jaime para que se declare inconstitucional el delito de “enriquecimiento ilícito”, por el cual es investigado junto a su familia.

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Luego de varias buenas noticias en los Tribunales, Ricardo Jaime recibió ayer un duro revés. Es que la Cámara Federal de Casación Penal rechazó ayer un pedido del exsecretario de Transporte Ricardo Jaime para que se declare inconstitucional el delito de “enriquecimiento ilícito”, por el cual es investigado junto a su familia.

Los jueces Liliana Catucci, Mariano Borinsky y Eduardo Riggi, de la Sala III, no hicieron lugar al pedido del defensor de Jaime, por considerarlo “inadmisible”.

Según la Cámara, el planteo no fue realizado contra una “sentencia definitiva”, es decir que Jaime -que estuvo seis días prófugo- podría intentar nuevamente la inconstitucionalidad de uno de los delitos por los que está imputado cuando llegue la instancia del juicio oral y público.

La medida comprende también a otros imputados por enriquecimiento ilícito en el mismo expediente: la pareja de Jaime, Silvia Reyss, y las hijas de ésta, Agostina Soledad Jayo y Lorena Jayo.

En los hechos, el fallo ratifica la continuidad de la causa en la que Jaime está imputado por presuntamente haberse enriquecido de manera ilegal durante el ejercicio de la función pública, en los gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Fernández. El artículo 268 (2) del Código Penal establece que “será reprimido con reclusión o prisión de dos a seis años, multa del 50 al 100 por ciento del valor del enriquecimiento e inhabilitación absoluta perpetua, el que al ser debidamente requerido, no justificare la procedencia de un enriquecimiento patrimonial apreciable suyo o de persona interpuesta para disimularlo, ocurrido con posterioridad a la asunción de un cargo o empleo público y hasta dos años después de haber cesado en su desempeño”. La norma determina que “se entenderá que hubo enriquecimiento no sólo cuando el patrimonio se hubiese incrementado con dinero”.

“Los impugnantes no han logrado demostrar que el caso en estudio comporte la alegada violación a garantías constitucionales”, dijeron los jueces.

 

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