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Lucrecia Miller: "Los chicos no llegan a asesinar de un día para el otro, uno va viendo emergencias en la conducta"

Lunes, 30 de enero de 2017 01:30
Lucrecia Miller
Lucrecia Miller es psicóloga y dedicó la mayor parte de su vida profesional a la infancia. Desde 2004 es titular de la Fundación Papis (Plan de Ayuda para una Infancia Segura). Antes formó parte del área de Riesgos Sociales, que funcionaba en el Gobierno de la Provincia.
Es autora del libro "La trama invisible del suicidio en la adolescencia", y organiza constantes capacitaciones orientadas a la contención de la niñez. Dentro de la institución que conduce, funciona un reconocido programa que se dedica a encontrar padrinos para chicos de familias vulnerables que necesitan apoyo económico para no abandonar la escuela.
Actualmente, impulsa una campaña a favor de la designación en Salta del defensor del niño, figura prevista en la ley nacional 26061.
En diálogo con El Tribuno, analizó la situación de la infancia y la adolescencia en la provincia. Consultada sobre el proyecto de la Nación para bajar de 16 a 14 años la edad en que se puede ser condenado por un delito, consideró que una política adecuada sería garantizar la prevención y la protección de la infancia.
Además, dijo que un defensor del niño podría pedir cuentas ante casos como el del hijo de Andrea Neri, que estaba con ella en la celda en la que su pareja la mató durante una visita íntima el 5 de enero, o el de Thiago, un niño de cuatro años que estaba a cargo de una familia sustituta pero murió por problemas alimentarios en 2015. "La sociedad se organiza en pos de muchos valores, como la lucha contra el maltrato animal, pero los niños no tienen voces que los defiendan", afirmó.

En diciembre se aprobó la ley provincial por la cual Salta se adhiere a la ley nacional 26.061, de 
protección a niños, niñas y adolescentes. ¿Qué visión tiene de esta norma?

Era una necesidad porque la ley nacional 20.611, a la cual responde, llevaba 11 años sin que la provincia adhiriera. Ahora ya tenemos el dispositivo legal para ejecutar todas las consideraciones que estipula la ley nacional.
Nosotros hemos iniciado un movimiento a nivel provincial para que se respete el espíritu de la ley nacional, que estipula la necesidad de arbitrar un sistema de protección integral y que alude a una serie de consideraciones a las que la ley provincial quizás no responde acabadamente.
Por ejemplo, la ley provincial apunta mucho a los casos puntuales y no advierte el tema de las políticas públicas necesarias para el respeto a los derechos de niños, niñas y adolescentes.
La ley provincial todavía reitera los abordajes que involucran en todas las situaciones a la órbita de la Justicia, con lo cual se judicializan los casos, cuando el espíritu de la ley es justamente trabajar para expandir el ámbito que llamaríamos administrativo, previo a la intervención de la Justicia.
Con esto, la prevención estaría desplegando una serie de acciones que involucran a las organizaciones de la comunidad.
Tampoco la ley provincial está potenciando la participación de la sociedad. Más bien alude a que el órgano de aplicación corresponde básicamente a la Secretaría de Niñez del Ministerio de Primera Infancia y el Ministerio Público.
Sí contempla un consejo, en el cual hay un representante de todas las ONG. Me parece que eso es limitar mucho las acciones que desplegamos las organizaciones y la comunidad. Tenemos que trabajar para una mayor participación.
En la ley nacional, el artículo tres habla de la designación del defensor de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Nosotros abrimos nuestro movimiento para trabajar en la provincia por el defensor del niño, que tampoco la ley provincial menciona. Creemos que es una figura decisiva y tiene que estar vigente.
En la ley nacional, el artículo tres habla de la designación del defensor de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Nosotros abrimos nuestro movimiento para trabajar en la provincia por el defensor del niño, que tampoco la ley provincial menciona. Creemos que es una figura decisiva y tiene que estar vigente.
¿Cuál sería el rol del defensor del niño?
El rol, como lo estipula la ley, es la supervisión y auditoría de aplicación del sistema de protección integral. El defensor del niño es como un veedor que no depende de ningún organismo, sino que es designado por el Congreso.
La ley nacional dice que hay un defensor del niño a nivel federal que debe ser designado por antecedentes y oposición. Es una persona idónea, proba en la temática y que tiene autonomía.
No es una figura decorativa sino que tiene un rol muy activo. Es un veedor de cómo se están ejecutando las acciones tendientes a este sistema integral de protección.
Donde vea que no hay efectividad, donde vea situaciones que demuestran que fracasó la acción de protección, el defensor tiene todas las atribuciones para arbitrar acciones.
Esa figura se va a designar en el Congreso, donde están avanzadas las acciones. Como marca la ley, las provincias tienen la libertad de designarlo. Nos preguntamos por qué no se contempló esto en la adhesión que hizo la provincia, cuando es una figura tan importante.
En casos como el de Thiago (que vivía con una familia sustituta y falleció por problemas alimentarios) o el del bebé de Andrea Neri (que estaba con ella en la celda cuando la asesinó su pareja) podría ocuparse de pedir cuentas de por qué han pasado estas cosas.
A nivel local hay tres vías para hacer una solicitud para viabilizar la designación del defensor del niño. Una es a través de las cámaras legislativas, la otra es la iniciativa popular y la última, a través del presidente de la Corte de Justicia. Queremos informar a la comunidad que esto se puede hacer y estamos necesitando adhesión de los ciudadanos.
La sociedad se organiza en pos de muchos valores, como la lucha contra el maltrato animal, pero los niños no tienen voces que los defiendan.
No hay un movimiento ni una causa social por los niños. Nosotros estamos organizándonos y convocando gente. Nos hemos propuesto lograr la designación del defensor del niño.
¿Qué cree que evidencia lo que pasó en el caso de Andrea Neri?
La presencia del niño en una altísima situación de exposición, no solo por falencias de la cárcel. No hubo un sistema estatal ni social que prevenga el extremo riesgo que había para el bebé en ese contexto.
Ahí queda en evidencia lo importante que es que hagamos visible qué se está haciendo para proteger a los niños.
Hay que aclarar que defensor del niño no es lo mismo que abogado del niño, que es lo que prevé la ley provincial. Abogado es el que pide un menor de 18 años con criterio y edad para solicitar una representación legal para una determinada situación. No tiene nada que ver con la figura del defensor del niño, que tiene injerencia en las políticas.
¿Qué postura tiene frente al proyecto de bajar de 16 a 14 años la edad de imputabilidad?
En primer lugar, no creo en bajar la edad de imputabilidad si no hay una política. Justamente, lo que está mostrando el hecho de que un chico asesine es el fracaso de un sistema integral de protección.
Ante la conducta individual de un niño que ejerce violencia, la pregunta es cómo hemos formado a ese niño. No estamos ajenos. Llegó a los 15 años con esas características porque ha sido invisibilizado a los ojos de toda una familia, una comunidad y un Estado.
Ese chico no aparece un buen día ejerciendo una violencia extrema de un momento para otro. En la vida, se va poniendo de manifiesto cómo se va formando esa personalidad antisocial. Entonces, veamos primero qué estamos haciendo para formar chicos que no desarrollen este tipo de personalidades.
En segundo lugar, hay que trabajar en una ley penal de menores porque el chico no puede no ser responsable de lo que hizo. Es como cuando el chico se lleva a rendir una materia. Es responsable de eso.
Pero si lo vamos a poner frente a la responsabilidad a los 15 años... La primera pregunta es qué hicimos para que aprendiera a ser responsable. Hay que desarrollar un sistema adecuado a la condición de los menores para que se responsabilicen por el hecho que cometieron.
Si bajamos la edad de imputabilidad a los 14 años y después no hacemos nada, vamos a estar en la misma en un par de años. Como los adolescentes van a seguir incrementando su violencia, vamos a decir que se los debe condenar a los 11 años.
Nuestro país hace agua por todos lados en ese sentido. ¿Dónde están las instituciones de rehabilitación y reeducación de esos niños? No existen.
Entonces, al sistema penal solo lo estamos visualizando por la edad de imputabilidad. La pregunta es, ¿dónde se va a reeducar ese chico? Primero, ya lo maleducamos y nadie dijo nada. Y a los 14, cuando es un peligro social, no existen instituciones para él en nuestro país.
La base es la oportunidad de aplicar esta maravillosa ley que tenemos a nivel nacional, donde se habla de trabajo intersectorial, metodología de trabajo en redes, sistema integral de protección de derechos y defensor del niño. La ley nos está dando una serie de herramientas que tenemos que aprovechar para que, en las generaciones futuras, no tengamos niños que tengamos que imputar de delitos a edades cada vez más tempranas.
No es que los chicos llegan a ser asesinos porque un día no salió el sol. No es de un día para otro. Uno va viendo las primeras emergencias en la conducta. Por eso son importantes las instancias prejudiciales. Una escuela, debidamente habilitada y capacitada en esta orientación del sistema integral de protección, no solo puede detectar oportunamente sino que puede actuar para modificar ese comportamiento.


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Lucrecia Miller es psicóloga y dedicó la mayor parte de su vida profesional a la infancia. Desde 2004 es titular de la Fundación Papis (Plan de Ayuda para una Infancia Segura). Antes formó parte del área de Riesgos Sociales, que funcionaba en el Gobierno de la Provincia.
Es autora del libro "La trama invisible del suicidio en la adolescencia", y organiza constantes capacitaciones orientadas a la contención de la niñez. Dentro de la institución que conduce, funciona un reconocido programa que se dedica a encontrar padrinos para chicos de familias vulnerables que necesitan apoyo económico para no abandonar la escuela.
Actualmente, impulsa una campaña a favor de la designación en Salta del defensor del niño, figura prevista en la ley nacional 26061.
En diálogo con El Tribuno, analizó la situación de la infancia y la adolescencia en la provincia. Consultada sobre el proyecto de la Nación para bajar de 16 a 14 años la edad en que se puede ser condenado por un delito, consideró que una política adecuada sería garantizar la prevención y la protección de la infancia.
Además, dijo que un defensor del niño podría pedir cuentas ante casos como el del hijo de Andrea Neri, que estaba con ella en la celda en la que su pareja la mató durante una visita íntima el 5 de enero, o el de Thiago, un niño de cuatro años que estaba a cargo de una familia sustituta pero murió por problemas alimentarios en 2015. "La sociedad se organiza en pos de muchos valores, como la lucha contra el maltrato animal, pero los niños no tienen voces que los defiendan", afirmó.

En diciembre se aprobó la ley provincial por la cual Salta se adhiere a la ley nacional 26.061, de 
protección a niños, niñas y adolescentes. ¿Qué visión tiene de esta norma?

Era una necesidad porque la ley nacional 20.611, a la cual responde, llevaba 11 años sin que la provincia adhiriera. Ahora ya tenemos el dispositivo legal para ejecutar todas las consideraciones que estipula la ley nacional.
Nosotros hemos iniciado un movimiento a nivel provincial para que se respete el espíritu de la ley nacional, que estipula la necesidad de arbitrar un sistema de protección integral y que alude a una serie de consideraciones a las que la ley provincial quizás no responde acabadamente.
Por ejemplo, la ley provincial apunta mucho a los casos puntuales y no advierte el tema de las políticas públicas necesarias para el respeto a los derechos de niños, niñas y adolescentes.
La ley provincial todavía reitera los abordajes que involucran en todas las situaciones a la órbita de la Justicia, con lo cual se judicializan los casos, cuando el espíritu de la ley es justamente trabajar para expandir el ámbito que llamaríamos administrativo, previo a la intervención de la Justicia.
Con esto, la prevención estaría desplegando una serie de acciones que involucran a las organizaciones de la comunidad.
Tampoco la ley provincial está potenciando la participación de la sociedad. Más bien alude a que el órgano de aplicación corresponde básicamente a la Secretaría de Niñez del Ministerio de Primera Infancia y el Ministerio Público.
Sí contempla un consejo, en el cual hay un representante de todas las ONG. Me parece que eso es limitar mucho las acciones que desplegamos las organizaciones y la comunidad. Tenemos que trabajar para una mayor participación.
En la ley nacional, el artículo tres habla de la designación del defensor de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Nosotros abrimos nuestro movimiento para trabajar en la provincia por el defensor del niño, que tampoco la ley provincial menciona. Creemos que es una figura decisiva y tiene que estar vigente.
En la ley nacional, el artículo tres habla de la designación del defensor de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Nosotros abrimos nuestro movimiento para trabajar en la provincia por el defensor del niño, que tampoco la ley provincial menciona. Creemos que es una figura decisiva y tiene que estar vigente.
¿Cuál sería el rol del defensor del niño?
El rol, como lo estipula la ley, es la supervisión y auditoría de aplicación del sistema de protección integral. El defensor del niño es como un veedor que no depende de ningún organismo, sino que es designado por el Congreso.
La ley nacional dice que hay un defensor del niño a nivel federal que debe ser designado por antecedentes y oposición. Es una persona idónea, proba en la temática y que tiene autonomía.
No es una figura decorativa sino que tiene un rol muy activo. Es un veedor de cómo se están ejecutando las acciones tendientes a este sistema integral de protección.
Donde vea que no hay efectividad, donde vea situaciones que demuestran que fracasó la acción de protección, el defensor tiene todas las atribuciones para arbitrar acciones.
Esa figura se va a designar en el Congreso, donde están avanzadas las acciones. Como marca la ley, las provincias tienen la libertad de designarlo. Nos preguntamos por qué no se contempló esto en la adhesión que hizo la provincia, cuando es una figura tan importante.
En casos como el de Thiago (que vivía con una familia sustituta y falleció por problemas alimentarios) o el del bebé de Andrea Neri (que estaba con ella en la celda cuando la asesinó su pareja) podría ocuparse de pedir cuentas de por qué han pasado estas cosas.
A nivel local hay tres vías para hacer una solicitud para viabilizar la designación del defensor del niño. Una es a través de las cámaras legislativas, la otra es la iniciativa popular y la última, a través del presidente de la Corte de Justicia. Queremos informar a la comunidad que esto se puede hacer y estamos necesitando adhesión de los ciudadanos.
La sociedad se organiza en pos de muchos valores, como la lucha contra el maltrato animal, pero los niños no tienen voces que los defiendan.
No hay un movimiento ni una causa social por los niños. Nosotros estamos organizándonos y convocando gente. Nos hemos propuesto lograr la designación del defensor del niño.
¿Qué cree que evidencia lo que pasó en el caso de Andrea Neri?
La presencia del niño en una altísima situación de exposición, no solo por falencias de la cárcel. No hubo un sistema estatal ni social que prevenga el extremo riesgo que había para el bebé en ese contexto.
Ahí queda en evidencia lo importante que es que hagamos visible qué se está haciendo para proteger a los niños.
Hay que aclarar que defensor del niño no es lo mismo que abogado del niño, que es lo que prevé la ley provincial. Abogado es el que pide un menor de 18 años con criterio y edad para solicitar una representación legal para una determinada situación. No tiene nada que ver con la figura del defensor del niño, que tiene injerencia en las políticas.
¿Qué postura tiene frente al proyecto de bajar de 16 a 14 años la edad de imputabilidad?
En primer lugar, no creo en bajar la edad de imputabilidad si no hay una política. Justamente, lo que está mostrando el hecho de que un chico asesine es el fracaso de un sistema integral de protección.
Ante la conducta individual de un niño que ejerce violencia, la pregunta es cómo hemos formado a ese niño. No estamos ajenos. Llegó a los 15 años con esas características porque ha sido invisibilizado a los ojos de toda una familia, una comunidad y un Estado.
Ese chico no aparece un buen día ejerciendo una violencia extrema de un momento para otro. En la vida, se va poniendo de manifiesto cómo se va formando esa personalidad antisocial. Entonces, veamos primero qué estamos haciendo para formar chicos que no desarrollen este tipo de personalidades.
En segundo lugar, hay que trabajar en una ley penal de menores porque el chico no puede no ser responsable de lo que hizo. Es como cuando el chico se lleva a rendir una materia. Es responsable de eso.
Pero si lo vamos a poner frente a la responsabilidad a los 15 años... La primera pregunta es qué hicimos para que aprendiera a ser responsable. Hay que desarrollar un sistema adecuado a la condición de los menores para que se responsabilicen por el hecho que cometieron.
Si bajamos la edad de imputabilidad a los 14 años y después no hacemos nada, vamos a estar en la misma en un par de años. Como los adolescentes van a seguir incrementando su violencia, vamos a decir que se los debe condenar a los 11 años.
Nuestro país hace agua por todos lados en ese sentido. ¿Dónde están las instituciones de rehabilitación y reeducación de esos niños? No existen.
Entonces, al sistema penal solo lo estamos visualizando por la edad de imputabilidad. La pregunta es, ¿dónde se va a reeducar ese chico? Primero, ya lo maleducamos y nadie dijo nada. Y a los 14, cuando es un peligro social, no existen instituciones para él en nuestro país.
La base es la oportunidad de aplicar esta maravillosa ley que tenemos a nivel nacional, donde se habla de trabajo intersectorial, metodología de trabajo en redes, sistema integral de protección de derechos y defensor del niño. La ley nos está dando una serie de herramientas que tenemos que aprovechar para que, en las generaciones futuras, no tengamos niños que tengamos que imputar de delitos a edades cada vez más tempranas.
No es que los chicos llegan a ser asesinos porque un día no salió el sol. No es de un día para otro. Uno va viendo las primeras emergencias en la conducta. Por eso son importantes las instancias prejudiciales. Una escuela, debidamente habilitada y capacitada en esta orientación del sistema integral de protección, no solo puede detectar oportunamente sino que puede actuar para modificar ese comportamiento.


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