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Sobre los subsidios y aportes

Sabado, 07 de diciembre de 2019 00:00

Carlos Riera (Metán)

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Carlos Riera (Metán)

Falleció mi madre que era jubilada. ¿Cómo tramito el subsidio por fallecimiento?

Buen día. Puede solicitar en Anses el Subsidio de Contención Familiar que se otorga al fallecer un beneficiario del sistema previsional.

Están incluidos, jubilados y pensionados y veteranos de Malvinas, no así pensiones no contributivas y retirados policiales.

La cobertura del subsidio es un monto de suma fija de $ 6.000, monto que lamentablemente no se ha incrementado desde julio de 2015.

Debe tener presente además que hay un plazo para tramitarlo antes de que prescriba de un año luego del fallecimiento del beneficiario.

Puede tramitar el subsidio cualquier persona que acredite el pago del servicio de sepelio/cremación presentando la factura a su nombre de la funeraria que prestó el servicio.

En caso de tratarse de un derechohabiente previsional (como el cónyuge o conviviente) no necesita efectuar ningún tipo de trámite porque el beneficio se liquida junto la pensión.

Finalmente también, pueden solicitarlo los herederos quienes deberán acreditar el vínculo con el beneficiario fallecido mediante partidas. El trámite es presencial y con turno.

María Eva Juárez (Cerrillos)

A fin de mes cumplo 61 años. Lamentablemente nunca me hicieron los aportes. Quisiera que me asesore sobre cómo puedo hacer para jubilarme.

Buen día María Eva: la moratoria ley 26.970 estará disponible hasta julio de 2022. Aún está a tiempo.

Usted podrá hacer un plan de pagos por sus aportes desde enero de 1977 (cuando cumplió 18) hasta el 31/12/2003 (que es el plazo máximo que permite la normativa).

En total son 27 años de aportes que podrá "comprar" pero que son insuficientes porque necesita 30.

Para completar los tres (3) años que le faltan deberá inscribirse y comenzar a pagar mes a mes el monotributo hasta agosto de 2021.

Para esa fecha ya tendrá una bonificación de 1 año y 4 meses por exceso de edad. De esta forma podrá completar el requisito de aportes para jubilarse.

Gerardo Moreno (El Carril)

¿Puede informar sobre el aguinaldo para el caso de los jubilados? ¿Cuándo se cobra y 

cuánto es en el caso de la jubilación mínima?

Buen día Gerardo. A partir de este lunes 9 de diciembre comienza el pago a jubilados y pensionados.

Desde ese día ya se pagará el último aumento del año, que de acuerdo a la Ley de Movilidad, es de 8,74%.

Además, deberá tener en cuenta que se incluye la segunda cuota del aguinaldo.

La jubilación mínima llega ahora a $14.067 y el medio aguinaldo es de $ 7.034, totalizando un monto de $ 21.101 a cobrar todo junto.

Recuerde que en este mes el calendario de pagos es más resumido porque se pagan todas las jubilaciones y pensiones hasta el 20§ de diciembre.

Rita Pérez (Capital)

Me jubilé como docente en junio, quiero saber si hay aumento en diciembre.

Buen día Rita. Le informo que este lunes todos los jubilados comienzan a cobrar los haberes de diciembre con un aumento equivalente al 8,74%.

Debe tener presente que este aumento es el último del presente año y surge de la Ley de Movilidad 27.426.

Es un aumento para los jubilados y pensionados de leyes ordinarias, no así para jubilados docentes que tienen un régimen de movilidad propio que contempla dos aumentos al año (uno en marzo y el otro, en el mes de septiembre)

Eso, en función de un índice que toma en cuenta los salarios de los docentes en actividad de todas las jurisdicciones provinciales argentinas que transfirieron sus sistemas previsionales al área de la Nación.

Si recuerda, el último aumento para jubilados docentes fue de 18,65% en el mes de septiembre pasado.

El próximo incremento llegará en el mes de marzo de 2020.

 

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