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Repudian el fallo que benefició a dos acusados por el aberrante crimen de Marito Salto

El Tribunal benefició a la esposa y al hijo del “Terrible” Jiménez y les dictó la “falta de mérito”. La Comisión de Familiares y Victimas de la Impunidad solicitó la nulidad de la liberación de Miguel Ángel Jiménez y de Arminda Lucrecia Díaz y pidió que se realice el juicio. El martes harán una marcha para reclamar justicia por el niño asesinado en 2016.
Viernes, 27 de noviembre de 2020 18:13

La Justicia de Santiago del Estero confirmó ayer el procesamiento contra 9 de los 11 acusados por el brutal asesinato de Marito Agustín Salto. Miguel “El Brujo” Jiménez, está considerado el “autor intelectual” del aberrante crimen; en tanto, su esposa y el hijo de ambos, fueron beneficiados con la “falta de mérito”.

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La Justicia de Santiago del Estero confirmó ayer el procesamiento contra 9 de los 11 acusados por el brutal asesinato de Marito Agustín Salto. Miguel “El Brujo” Jiménez, está considerado el “autor intelectual” del aberrante crimen; en tanto, su esposa y el hijo de ambos, fueron beneficiados con la “falta de mérito”.

  • La decisión provocó el rechazo y el repudio de la Comisión de Familiares y Victimas de la Impunidad de la provincia norteña. La entidad solicitó la nulidad de la liberación de Miguel Ángel Jiménez y de Arminda Lucrecia Díaz y que se realice el juicio, postergado por la pandemia. Por ello, están invitando a todas las organizaciones sociales y políticas a manifestarse el martes 1 de diciembre, a las 8:30 en Plaza Libertad, para pedir justicia y que la muerte de el niño no quede impune.

El fallo judicial

La Justicia confirmó el procesamiento contra 9 de los 11 acusados por el brutal asesinato de Marito Salto. El Tribunal de la Cámara de Apelaciones, integrado por los Dres. Sandra Generoso, Raúl Romero y Cristian Vittar, dieron a conocer su resolución, en base a las audiencias que se desarrollaron a mitad de año en las que los abogados de los sospechosos plantearon una serie de nulidades y objeciones al procesamiento dictado por la jueza de Transición, Dra. Rosa Falco.

Marito Agustín Salto tenía 11 y el 31 de mayo del 2016, salió de su casa en las afueras de Quimilí hacia una represa para pescar. Se trasladó en su bicicleta y nunca más regresó. Esa tarde se reportó su desaparición y comenzó su búsqueda.

En la mañana del 2 de junio, sus restos fueron hallados a orillas de un camino vecinal a la vera de la ruta provincial 6, en el otro extremo de la ciudad cabecera del departamento Moreno. Estaba desmembrado en dos bolsas de consorcio.

La calificación

Para la Dra. Falco, el hecho fue encuadrado como un “homicidio triplemente calificado por alevosía, ensañamiento y el concurso premeditado de dos o más personas, Privación ilegítima de la libertad y Abuso sexual con acceso carnal en concurso real de delitos”.

  • A Miguel Ángel Jiménez “El Brujo” o “El Terrible”, se le endilgó el rol de “autor intelectual”. Rodolfo “Rody” Sequeira, fue procesado como “partícipe necesario”, al igual que Ramón Eduardo Rodríguez, Daniel Tomás Sosa, Pablo Roberto Ramírez y Lucrecia Arminda Díaz, esposa de Jiménez.
  • Daniel Gastón Ocaranza, Ramón Enrique Ocaranza, María Eugenia Montes y Gustavo Daniel Hernández, fueron acusados de “encubrimiento agravado”, figura que también recayó sobre el hijo de “El Terrible” Jiménez, Miguel Ángel María Jiménez.

Los abogados defensores de los procesados realizaron numerosos planteos ante los vocales, abogado por nulidades y cambios de calificativa.

La Fiscalía, por su parte, rebatió los argumentos de los letrados y procuró mantener la resolución de la jueza de primera instancia.

La resolución

Finalmente, el Tribunal de la Cámara de Apelaciones confirmó el procesamiento de 9 de los 11 acusados.

  • “El Terrible” Jiménez quedó procesado como el autor intelectual, pero los jueces fallaron a favor de su esposa y del hijo de ambos, a los cuales les dictó la “falta de mérito”.
  • En tanto, Sequeira, “Burra” Rodríguez y Sosa, quedaron acusados como “partícipes necesarios”.
  • Pablo Ramírez, que originalmente había sido procesado como partícipe necesario prevé una pena idéntica a la de los autores materiales- fue beneficiado con el cambio de calificativa y su rol quedó definido bajo el “encubrimiento agravado”.
  • Por encubrimiento también se confirmaron los procesamientos de los hermanos Ocaranza, Montes y Hernández.

Ahora sólo restaría que se fije una fecha para el juicio oral, el cual podría llevarse a cabo en los primeros meses del próximo año.

Fuentes: El Liberal y Comisión de Familiares de Victimas de la Impunidad de Santiago del Estero.

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