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Prorrogan hasta el 31 de mayo el vencimiento de las prestaciones de desempleo

El Ministerio de Trabajo anunció hoy que se prorrogarán hasta el 31 de mayo el vencimiento de las prestaciones de desempleo que se hayan originado entre el 1 de febrero y el 1 de abril de 2020, “a raíz del impacto generado en la economía por la crisis sanitaria” producida por la pandemia del coronavirus. 
Viernes, 27 de marzo de 2020 16:06

A raíz del impacto generado sobre la economía por la pandemia de coronavirus, el Ministerio de Trabajo prorrogó hoy el beneficio de prestaciones de desempleo a quienes aún no pudieron reinsertarse en el mercado laboral.
Trabajo dispuso, mediante la Resolución 260/2020, prorrogar hasta el 31 de mayo próximo las Prestaciones de Desempleo de la Ley 24.013 y de la 25.371, otorgadas entre el primero de febrero último y el primero de abril de este año.
"Esta medida se toma a raíz del impacto en la economía generado por la actual crisis sanitaria, y la imposibilidad que presentan los beneficiarios de este sistema de volver a insertarse en el empleo", señaló esa cartera en un comunicado.
Ante esta situación, consideró que "se hace necesaria la implementación de políticas orientadas a garantizar ayudas económicas adicionales".

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A raíz del impacto generado sobre la economía por la pandemia de coronavirus, el Ministerio de Trabajo prorrogó hoy el beneficio de prestaciones de desempleo a quienes aún no pudieron reinsertarse en el mercado laboral.
Trabajo dispuso, mediante la Resolución 260/2020, prorrogar hasta el 31 de mayo próximo las Prestaciones de Desempleo de la Ley 24.013 y de la 25.371, otorgadas entre el primero de febrero último y el primero de abril de este año.
"Esta medida se toma a raíz del impacto en la economía generado por la actual crisis sanitaria, y la imposibilidad que presentan los beneficiarios de este sistema de volver a insertarse en el empleo", señaló esa cartera en un comunicado.
Ante esta situación, consideró que "se hace necesaria la implementación de políticas orientadas a garantizar ayudas económicas adicionales".

  • Las cuotas de prórroga serán mensuales, sin poder aplicarse la modalidad de pago único prevista en el artículo 127 de la ley 24.013.
  • El monto de las cuotas será equivalente al 70% de la prestación original.

La Anses será la encargada de efectuar los cruces informáticos y demás controles para determinar quienes pueden acceder a la extensión de la prestación, mientras que la Secretaría de Empleo continuará al frente del control de los requisitos para mantener el beneficio.​

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