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Continuidad del servicio en el Ministerio Público

El Ministerio Público informó que continuará funcionando desde el 1 de agosto en los términos de la resolución 19.007, por la cual se organizaron las actividades para la segunda quincena de julio en el marco de la pandemia de Covid-19.
Viernes, 31 de julio de 2020 15:24

El Ministerio Público informó que continuará funcionando desde el 1 de agosto en los términos de la resolución 19.007, por la cual se organizaron las actividades para la segunda quincena de julio en el marco de la pandemia de Covid-19.

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El Ministerio Público informó que continuará funcionando desde el 1 de agosto en los términos de la resolución 19.007, por la cual se organizaron las actividades para la segunda quincena de julio en el marco de la pandemia de Covid-19.

El Colegio de Gobierno del Ministerio Público dispuso que en cada una de las áreas se organice al personal para cumplir con las tareas a su cargo de manera presencial y/o remota.

La prestación del servicio se realizará de 9 a 13, sin perjuicio de las necesidades funcionales de cada dependencia del Ministerio Público. Se trabajará para continuar garantizando el servicio y resguardando la salud de los trabajadores y de la población en general.

Además se adoptarán, cuando sea necesario, las medidas que requiera la situación epidemiológica de acuerdo a lo que sugieran las autoridades sanitarias.

Se recordó que sigue vigente el sistema informático para la presentación de escritos judiciales al Ministerio Público por parte de magistrados y funcionarios del Poder Judicial, abogados particulares y entre magistrados del Ministerio Público Fiscal, la Defensoría General y la Asesoría General de Incapaces.

Los trabajadores comprendidos en grupos de riesgo siguen estando exceptuados de cumplir tareas presenciales.

Sobre el Ministerio Público

El Ministerio Público es un órgano autónomo e independiente de los demás Poderes del Estado, que integra el sistema de administración de Justicia. En cuanto a su estructura, está dividido en tres grandes ramas:

  • Ministerio Público Fiscal: ejerce la acción penal pública y acciona en defensa de la legalidad, intereses  generales, difusos y medio ambiente .

  • Ministerio Público de la Defensa: tiene a su cargo el asesoramiento y la representación judicial de personas de escasos recursos y de quienes estuviesen ausentes.

  • Ministerio Público Tutelar: vela por los derechos y bienes de los menores e incapaces de hecho. 

 

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