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Los requisitos para quedar exceptuados de la cuarentena

La medida rige desde ayer para argentinos y extranjeros residentes que regresen del exterior. Sigue vigente la exigencia de realizar al menos tres testeos para evitar el aislamiento.
Sabado, 25 de septiembre de 2021 02:09

El Gobierno nacional flexibilizó las condiciones de ingreso al país. Con el cumplimiento de varios requisitos, desde ayer argentinos y extranjeros residentes que regresen del exterior quedan exceptuados de hacer la cuarentena obligatoria al ingresar al país.

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El Gobierno nacional flexibilizó las condiciones de ingreso al país. Con el cumplimiento de varios requisitos, desde ayer argentinos y extranjeros residentes que regresen del exterior quedan exceptuados de hacer la cuarentena obligatoria al ingresar al país.

La medida, que fue anticipada a comienzo de esta semana, dice que la excepción a cumplir la cuarentena se efectivizará mediante el cumplimiento de varios requisitos que están establecidos en el artículo primero de la normativa.

En primer lugar, quienes ingresen al país deben haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes del arribo.

Las personas vacunadas consignarán esa información en la declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones.

Además, deben tener la prueba PCR negativa en origen realizada dentro de las 72 horas previas al embarque y el test de antígenos exigido al ingresar al país, y se tendrán que realizar una prueba PCR, entre el día quinto y séptimo, computados desde el arribo al país, y cuyos resultados deberán ser negativos. El costo de los test quedará a cargo de la persona que ingresa al país.

Deberán desarrollar sus actividades (sociales, laborales, comerciales, deportivas) respetando las medidas de prevención y cuidado, por el plazo de 10 días computados desde la toma de muestra de la prueba PCR negativa en origen, realizada dentro de las 72 horas previas al embarque. En ese lapso queda prohibido concurrir a eventos masivos, o usar el transporte público de pasajeros terrestre, salvo en caso expresamente autorizados.

También tendrán que contar con el comprobante de vacunación registrado en la Aplicación Mi Argentina, si la vacunación hubiera sido realizada en la Argentina.

Si se hubieran inoculado en el extranjero, deberán tener el comprobante validado por el país que efectuó la vacunación.

Además, deberán exhibir el comprobante de vacunación cuando le sea requerido por las autoridades al arribo al país, por los operadores de transporte en el momento del embarque, o por la jurisdicción del domicilio del ingresante, o la de tránsito, cuando controla el cumplimiento de las disposiciones del presente artículo o se exija en virtud de la normativa vigente en ella.

Los no exceptuados

La norma indica que aquellos argentinos y residentes en el país que hubieran viajado al exterior y no cuenten con un esquema completo de vacunación realizado con una antelación mayor a 14 días al momento de su ingreso al país, "incluidas las personas para quienes las vacunas no están hasta el momento autorizadas, deberán realizar el aislamiento previsto", anteriormente.

La medida, que se oficializó a través de la Decisión Administrativa 932/2021 en el Boletín Oficial, fue firmada por el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y la ministra Carla Vizzotti.

Requisitos a cumplimentar

* Haber completado el esquema de vacunación 14 días antes del arribo. 

* Tener el certificado de vacunación.

* Tener la prueba PCR negativa realizada dentro de las 72 horas previas al embarque y el test de antígenos exigido al ingresar al país.

* Realizar una prueba PCR, entre el día quinto y séptimo, desde el arribo.

* Respetar las medidas de distanciamiento.

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