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En el Juramento y El Tunal, intensificarán controles por la veda

Los procedimientos se iniciarán el 28 de noviembre y se extenderán hasta el 28 de febrero de 2023.
Domingo, 27 de noviembre de 2022 00:00

Desde la División Lacustre y Fluvial de la Policía desatacada en El Tunal informaron que se intensificarán los controles ante el inicio de la veda en los ríos Juramento y Medina y en el dique El Tunal. En las resoluciones de la Secretaría de Ambiente provincial se establece que la prohibición para la pesca, debido a la época de reproducción de los peces, se extenderá desde el 28 de noviembre de 2022 hasta el 28 de febrero del 2023.

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Desde la División Lacustre y Fluvial de la Policía desatacada en El Tunal informaron que se intensificarán los controles ante el inicio de la veda en los ríos Juramento y Medina y en el dique El Tunal. En las resoluciones de la Secretaría de Ambiente provincial se establece que la prohibición para la pesca, debido a la época de reproducción de los peces, se extenderá desde el 28 de noviembre de 2022 hasta el 28 de febrero del 2023.

Distintas divisiones de la Unidad Regional 3 trabajan en los controles para combatir a los depredadores. El jueves pasado personal de Seguridad Vial que estaba apostado en la ruta nacional 16, en la intersección con la ruta nacional 34, procedió al secuestro de 50 sábalos que se encontraban dentro del baúl de un auto. Luego los trasladaron al destacamento policial de Río Piedras para continuar con los procedimientos de rigor.

Los efectivos dieron intervención a la Fiscalía de turno, que dispuso la identificación del conductor y decomiso de las especies. Además se labró el acta correspondiente por la infracción al artículo 91 de la Ley 7135. Desde la División Lacustre informaron que dentro de las funciones de esa área se tiene como premisa la observación de tres normativas fundamentales para las actividades náuticas y la protección de la fauna ictícola las cuales son: 1) "El art. 91 de la Ley 7135/01 del Código Contravencional de la Provincia de Salta", 2) "Reglamento de procedimiento para la fiscalización de actividades náuticas", y 3) "Resoluciones de pesca anuales expedidas por Ambiente de la Provincia".

El artículo 91 de la Ley 7135/01 del Código Contravencional de Salta establece que será sancionado con arresto de hasta 20 días o multa de hasta 40 días y decomiso de lo secuestrado el que carezca o pescare sin permisos correspondientes fuera de temporada con medios prohibidos.

La sanción se agrava cuando concurren las siguientes cuestiones: se capture, cace, comercialice o transporte animales catalogados como protegidos o especialmente protegidos, en zonas protegidas, con medios perjudiciales para el medio ambiente, se excedan las cantidades autorizadas, si produce depredación y si los autores son de instituciones deportivas de caza o pesca.

Con respecto al reglamento de procedimiento para la fiscalización de actividades náuticas, dentro de los objetivos primordiales de esta división está el hecho de resguardar la vida de las personas que navegan en los espejos de agua y ríos de la provincia, para ello procura sostener la observancia del decreto 2108/05 "Manual de actividades náuticas de la provincia", mediante la aplicación del reglamento mencionado dentro del cual se tipifica entre otros aspectos lo siguiente: "Carecer de carné de timonel o matrícula o que estén vencidas; no dar aviso de inicio y finalización de actividad náutica; zarpar en horario no autorizado; hacer caso omiso a las directivas de la Policía Lacustre; realizar maniobras avezadas; no contar con los elementos de seguridad exigidos. Tampoco se puede arrojar basura mientras se navegue, timonear en estado de ebriedad, entre otras faltas.

 

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