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El mega DNU del presidente Javier Milei deberá pasar una prueba en el Congreso y otra en la Justicia

El Presidente anunció su decreto de desregulación económica que implica la derogación de cientos de normas. Según la Constitución, deberá pasar el control de la Cámara de Diputados y el Senado, pero mientras tanto estará en vigencia. La otra disputa será en el Poder Judicial.
Jueves, 21 de diciembre de 2023 08:07
El Congreso de la Nación deberá elegir 8 senadores y 8 diputados para el funcionamiento de la Bicameral.
El artículo 99 de la Constitución habla de los DNU.
El presidente Javier Milei a dar a conocer el mega DNU.
El DNU de Milei deberá pasar por el Congreso de la Nación.

Javier Milei anunció y firmó su mega Decreto de Necesidad y Urgencia para desregular la economía, con derogación de centenares de normas incluida. Ahora, según la Constitución, el decreto deberá ser rechazado o validado por Diputados y el Senado, pasando primero por la llamada comisión Bicameral de Trámite Legislativo, cuya integración está en plena negociación, pero en la que el nuevo oficialismo, como en todos los ámbitos del Congreso, será minoría.

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Javier Milei anunció y firmó su mega Decreto de Necesidad y Urgencia para desregular la economía, con derogación de centenares de normas incluida. Ahora, según la Constitución, el decreto deberá ser rechazado o validado por Diputados y el Senado, pasando primero por la llamada comisión Bicameral de Trámite Legislativo, cuya integración está en plena negociación, pero en la que el nuevo oficialismo, como en todos los ámbitos del Congreso, será minoría.

Sin embargo, hasta que eso suceda, el DNU está en vigencia. Algunas características del funcionamiento parlamentario y de la propia ley hacen que sea bastante más fácil gobernar por decreto de lo que puede parecer a simple vista, aunque con límites, y siempre que no se trate de materia penal, tributaria o electoral. Pero fuera del Congreso, la discusión quedará en manos de la Justicia.

Qué dice el artículo 99 de la Constitución

El artículo 99 de la Constitución establece los límites y alcances de los DNU y el procedimiento que deben seguir. Dentro de los 10 días luego de su firma -del presidente y los ministros-, el jefe de Gabinete nacional debe poner el decreto a consideración de la Bicameral, que dentro de un plazo de otros 10 días como máximo debe emitir dictamen y ambas Cámaras deberán tratarlo en el recinto de “inmediato”. Solo el rechazo de ambas cámaras en el recinto implica la derogación de un DNU: si una sola cámara lo rechaza, sigue siendo válido.

La última vez que se reunió una bicameral

La última vez que se reunió la comisión bicameral fue el 6 de junio del 2022, hace más de un año y medio, presidida por el entonces diputado del Frente de Todos, Marcos Cleri, y la reunión solo fue para formalizar su conformación. Desde entonces, no funcionó y hay decenas de decretos de Alberto Fernández que nunca fueron tratados. De hecho, señalan senadores de experiencia en la Cámara Alta, hay incluso decretos del gobierno de Mauricio Macri que pasaron por la comisión, tuvieron dictamen de rechazo y como nunca se trataron en el recinto mantienen vigencia.

Cómo y quiénes integran la bicameral

La Bicameral de Trámite Legislativo está integrada por 8 diputados y 8 senadores. Vale aclarar que las comisiones por lo general se integran siguiendo cierto criterio de proporcionalidad respecto del peso de los espacios en cada Cámara: La Libertad Avanza tiene 37 diputados (sobre 257) y 7 senadores (sobre 72). La negociación por la integración de las comisiones estaba, hasta las últimas horas, más avanzada en el Senado que en Diputados.

Así, a priori, de los 8 senadores, uno sería de la UCR, uno del PRO, dos de bloques federales, uno de La Libertad Avanza y tres de Unión por la Patria (primera minoría); de los 8 diputados, UxP pretende al menos 4 por el criterio que se acordó para conformar las comisiones, aunque algunas fuentes parlamentarias indicaron que se les otorgaría tres, mientras que uno iría para el PRO, otro para la UCR, uno más para LLA, y los bloques alineada con gobernadores y fuerzas provinciales piden tener un miembro. En otras palabras, con esa composición, ningún sector tendrá por sí mismo mayoría para emitir dictamen.

Para reunirse, la comisión necesita de la presencia de la mayoría absoluta, es decir, 9 integrantes. Lo mismo requiere para expedirse sobre la validez o invalidez del decreto, que es lo único que puede hacer; es decir, no puede introducir cambios de ningún tipo al DNU.

La presidencia, esta vez, le corresponde al Senado, y en el Senado el oficialismo recibió de parte de toda la oposición menos el kirchnerismo potestad para definir quienes comandarán las comisiones, con lo cual la Bicameral estaría presidida por alguien de La Libertad Avanza. Y los presidentes de las comisiones suelen tener poder, aun en minoría, para paralizar el funcionamiento de las comisiones.

Qué pasa si el oficialismo decide frenar el funcionamiento

¿Qué pasaría si el oficialismo decidiera frenar su funcionamiento, como lo ha hecho el oficialismo K en el pasado? Entonces los senadores y diputados están habilitados a “constituir” ambas cámaras en comisión y, con dos tercios de los votos, rechazar un decreto.

En diálogo con Todo Noticias, algunos senadores y diputados opositores consideraron que, si la comisión estuviera paralizada y eventualmente llegará un decreto descabellado, con un rechazo amplio, teniendo en cuenta la debilidad de LLA en ambas cámaras, no sería imposible alcanzar esa mayoría de dos tercios en el recinto. Pero además, obligado a negociar con todos los bloques el paquete de leyes que el Ejecutivo enviará al Congreso, no sería una buena señal para la oposición que el oficialismo bloqueara una comisión clave de control parlamentario.

La bicameral puede funcionar en cualquier momento del año

La Bicameral puede funcionar en cualquier momento del año. Es decir, no necesita de un llamado a sesiones extraordinarias para funcionar y tratar dictámenes, con lo cual en los próximos días, si fuera constituida, podría discutir el DNU firmado por Milei.

La cuestión es que, si no hubiera un llamado a extraordinarias, indican en la Cámara Alta, la comisión podría dictaminar, pero debería esperar a marzo, con el comienzo de las sesiones ordinarias, para poder aprobarlo o rechazarlo en el recinto. En ese caso, como se dijo, el decreto tendrá vigencia mientras no se trate en el Congreso y siempre que no encuentre trabas judiciales. Y fuera del Poder Legislativo, el DNU tendrá su propio desafío en el Poder Judicial.

“El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia”, señala el mismo artículo 99 de la Constitución.

En la previa de la publicación del decreto, en el oficialismo libertario anticipaban que se derogaría o modificarían 300 leyes sin tener que negociar esas normas en el Congreso. En manos de la Justicia quedará determinar hasta qué punto el contexto actual se inscribe en el criterio que establece el texto constitucional: “Circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios por esta Constitución para la sanción de las leyes”. La última palabra en materia constitucional la tiene la Corte Suprema.

Fuente Todo Noticias

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