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El Senado sancionará la modificación de la ley orgánica del Ministerio Público para establecer que un imputado en procesos penales que requiera la asistencia de un defensor público solvente el servicio si cuenta con medios suficientes.
Tras la media sanción de Diputados, el Senado tratará el proyecto en la sesión de hoy, a partir de un dictamen de la comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, que aconseja la sanción definitiva.
La modificación de la Ley 7328 determina que en los procesos penales que actúan defensores públicos el juzgado regulará honorarios devengados de acuerdo con la ley de aranceles para abogados y procuradores.
En procesos penales el imputado que a su pedido, o por falta de defensor particular, sea asistido por un defensor público costeará la defensa si cuenta con medios suficientes. El procedimiento para verificar el estado patrimonial y las pautas para determinar carencia serán reglamentadas por el Ministerio Público.
Los honorarios ingresarán a las arcas del Ministerio Público y no serán percibidos por el defensor oficial actuante. El destino será fijado por reglamento general y los representantes del Ministerio Público no podrán ser condenados al pago de costas.
Según se explicó desde el Senado, este mecanismo ya se aplica a nivel nacional y en numerosas provincias, y que en Salta tendrá como finalidad descomprimir la tarea de los defensores oficiales de la Provincia.
Extranjeros
Por otra parte, el Senado avalará hoy el DNU a través del cual el Gobierno de Salta establece que los extranjeros que pertenezcan a categorías de residentes transitorios y precarios contribuyan también a solventar los gastos que genera su atención sanitaria en los centros de salud de la provincia, ya sea por sí mismos o a través de un seguro de salud.
La medida, que se aplica para garantizar la solvencia del sistema de salud público salteño, dispone que la atención a extranjeros en casos de urgencia o emergencia no podrá serles negada ni restringida, toda vez que se trata de una cuestión humanitaria. Pero el Estado provincial dispondrá luego los medios necesarios para percibir gastos ocasionados.