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La Corte anuló la perpetua de Santos Clemente Vera

El máximo tribunal dejó sin efecto el fallo que lo condenaba a prisión perpetua a uno de los acusados.Por falta de pruebas y el incumplimiento del Código Penal de Salta, que exige un juicio adecuado.

Sabado, 09 de diciembre de 2023 00:57

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso de queja de la defensa de Santos Clemente Vera, uno de los condenados por el doble crimen de las turistas francesas cometido en 2011 en Salta, dejó sin efecto su sentencia a prisión perpetua que se había dictado en segunda instancia y dispuso que "se dicte un nuevo fallo".

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso de queja de la defensa de Santos Clemente Vera, uno de los condenados por el doble crimen de las turistas francesas cometido en 2011 en Salta, dejó sin efecto su sentencia a prisión perpetua que se había dictado en segunda instancia y dispuso que "se dicte un nuevo fallo".

Vera tiene desde hace tres años el patrocinio legal de Manuel Garrido, presidente de Innocence Project, una organización creada en Estados Unidos que busca la absolución de personas erróneamente condenadas alrededor de todo el mundo.

También cuenta con el apoyo nada menos que de Jean-Michel Bouvier, padre de Cassandre, quien defiende desde hace años su inocencia y sostiene que los verdaderos asesinos de su hija siguen libres e impunes.

A partir de este fallo del máximo tribunal del país, los abogados de Vera, quien en el juicio oral de primera instancia había sido absuelto, analiza la posibilidad de pedir su excarcelación.

La resolución, firmada por los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, dispuso que "se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada".

Los magistrados tuvieron en cuenta el pedido del procurador general de la Nación, Eduardo Casal, quien en 2020 emitió un dictamen en el que opinó que "corresponde hacer lugar a la queja interpuesta" y "declarar admisible el recurso extraordinario".

ESCENARIO | DONDE SE PRODUJO EL HALLAZGO DE LOS CUERPOS EN 2011.

Es que por los crímenes de Cassandre Bouvier y Houria Moumni, la Sala II del Tribunal del Juicio salteña condenó por unanimidad, el 2 de junio de 2014, a Gustavo Lasi a la pena de 30 años de prisión como autor del "robo calificado por el uso de arma, abuso sexual con acceso carnal agravado, y doble homicidio calificado criminis causa".

El tribunal también condenó a Omar Darío Ramos y Antonio Eduardo Sandoval a la pena de dos años de prisión condicional por encubrimiento calificado, mientras que a Daniel Vilte Laxi y a Vera los absolvió por el beneficio de la duda.

Sobre los crímenes

Los cuerpos de Cassandre y Houria fueron hallados el 29 de julio de 2011, en una zona conocida como El Mirador de la Quebrada de San Lorenzo, a 15 kilómetros del centro de Salta Capital.

El doble crimen tuvo lugar cuando ambas estaban de vacaciones en Salta y conmocionó a la provincia, causando una amplia repercusión nacional e internacional.

Las jóvenes fueron vistas por última vez con vida el 15 de julio, cuando fueron a recorrer el circuito turístico de la Quebrada de San Lorenzo y sus cuerpos fueron encontrados dos semanas después, cerca del sendero principal de El Mirador de ese paraje.

Los forenses determinaron que ambas turistas habían sido abusadas sexualmente y asesinadas de un disparo cada una con una escopeta Bataan calibre 22.

Desestiman el planteo de Lasi

En otra sentencia, el Máximo Tribunal desestimó el planteo de Gustavo Orlando Lasi, quien también había sido condenado a prisión perpetua por el homicidio de las turistas francesas. El tribunal de juicio había condenado a Lasi por los delitos de robo calificado por el uso de arma, abuso sexual con acceso carnal agravado y doble homicidio calificado criminis causa, todos en concurso real. Asimismo, hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua y, en consecuencia, le impuso a Lasi la pena de 30 años de prisión. El Tribunal de Impugnación hizo lugar a los recursos presentados, revocó la declaración de inconstitucionalidad y dispuso que la pena impuesta a Lasi lo era a prisión perpetua. La defensa apeló hasta llegar a la Corte, que desestimó el planteo.