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Los haberes jubilatorios bajos se reclaman

Martes, 21 de febrero de 2012 19:15
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Marcelo, de Tartagal: Me jubilé hace dos meses y el monto que cobré de jubilación no llega al 50% del último sueldo que tenía en actividad. ¿Por qué es tan bajo el haber jubilatorio y cómo debo reclamar? 
 
El motivo por el cual su haber de jubilación no llega al 50 % del sueldo que tenía en actividad se debe a la forma que utiliza Anses.
El organismo usa para mejorar los sueldos de los últimos 10 años, un índice muy bajo que no refleja la real variación salarial de los últimos diez años.
El procedimiento hace bajar de manera considerable el promedio de los sueldos que se utiliza como base para el cálculo de las prestación compensatoria (PC) y de la prestación adicional por permanencia (PAP) que, conjuntamente con la PBU, conforman el haber jubilatorio. Para cuestionar esto debe presentar un reclamo administrativo en Anses, y una vez rechazado el mismo queda abierta la vía judicial ante el fuero federal, planteando que se modifiquen estos índices de actualización por los establecido por la Corte de Justicia en el caso “Ellif”.
Con la modificación de estos índices de actualización, el haber mejorará entre un 45 al 50 por ciento, aproximadamente, conforme la fecha de cese de actividad.


Juan José, de Salta: Tengo más 40 años aportados y me falta edad, ¿puedo jubilarme compensando el excedente de servicios por el faltante de edad?
 
La ley previsional actual no permite que el trabajador compense el faltante de edad por exceso de servicios, por lo tanto, si el trabajador no tiene la edad requerida por la ley no podrá jubilarse por más que le sobren los años de servicios con aportes. Lo que sí permite la ley es completar el faltante de servicios con aportes por el excedente de edad, en la proporción de 2 x 1. Una posibilidad que le da la ley al trabajador, para jubilarse con menos edad, es cuando tiene algunos de los servicios prestados.
Dichos servicios deben ser de carácter diferencial o insalubre, que al prorratear con el resto de los servicios comunes disminuye la edad de jubilación.

Joaquín, de Salta: Me faltan 5 años para jubilarme y dejé de trabajar en relación de dependencia en el año 2002 con muy buenos sueldos en los últimos diez años. Quiero saber si me perjudicaría aportar como monotributista para mi futura jubilación. 
 
No habría ningún problema que aporte a partir de ahora como monotributista, ya que cuando se jubile la Anses calculará su haber tomando el promedio de los sueldos actualizados en relación de dependencia de los últimos 10 años, es decir, los sueldos percibidos desde 1992 al 2002. Por tal razón, usted podrá conservar el promedio aunque realice aportes con posterioridad como monotributista, ya que se determinan por separado los promedios de los sueldos como empleado del promedio de las categorías como monotributistas para luego hacer el cálculo de las prestaciones que integran el haber jubilatorio (PBU+PC+ PAP). Si bien es cierto que los años que pague como monotributista no le perjudicarán en el haber, tampoco le mejoran el mismo.

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