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Profesionales del Hospital Público Materno Infantil trabajan en el protocolo al que se consultará si les toca atender casos de aborto no punible. En una de las salas del establecimiento se reunió ayer el equipo interdisciplianario encargado de acordar los procedimientos que luego serán elevados a las autoridades del Ministerio de Salud Pública de la Provincia.
“El principal tema que tratamos fue la asistencia a la víctima por violencia, cuestión en la que ya veníamos tratando desde hace tiempo”, indicó a El Tribuno la subsecretaria de Medicina Social, Gloria Abán.
La funcionaria dijo que son varias las temáticas que se están estudiando. Para abordar la cuestión sanitaria fueron convocados todos los profesionales del hospital y del programa de Salud Materno Infantil; como la formalidad legal de la práctica también los ocupa fueron asesorados por funcionarios del Ministerio de Derechos Humanos y abogados.
A la reunión de ayer también se sumaron profesionales de Salud Mental, quienes participarán en la elaboración de un borrador del protocolo que abarque la problemática de manera integral.
“Debemos definir qué hacer con las mujeres luego de un abuso. Es muy común que el violador porte VIH o alguna enfermedad como la hepatitis B”, dijo Abán. La próxima reunión fue fijada para el martes 10 del corriente .
Con defensores
El secretario de Derechos Humanos, Pablo Alavila, la asesora General, Mirta Lapad, y el defensor Oficial, Felix Costas, también trabajan en la implementación del decreto provincial 1170.
Esa normativa, dictada por el gobernador Juan Manuel Urtubey, instruye a los Ministerios de Derechos Humanos y de Salud Pública para que instrumenten las guías de procedimiento necesarias para la atención integral de las víctimas de violencia sexual y la concreta atención de los abortos no punibles en los hospitales. Las guías de procedimiento prevén que la práctica del aborto no punible se considerará autorizada contra la presentación de la denuncia penal de violación o la declaración jurada, realizada con la asistencia del Defensor Oficial o de Menores e Incapaces, según corresponda.